En el artículo de hoy, les contamos las novedades en materia de subida salarial farmacia 2022. A continuación, le explicaremos los principales aspectos de este tema, del cual, estamos recibiendo muchas consultas en nuestro departamento de Asesoría de Farmacias.
¿Cuáles son las novedades en la subida salarial farmacia 2022?
Tal y como se establece en el XXV convenio colectivo para Oficinas de Farmacias, a partir del 1 de enero de 2023, se debe aplicar un incremento del 2% en los salarios de farmacia que afecta al ejercicio del periodo anterior (año 2022). Este nuevo convenio, recoge la obligatoriedad de actualizar las tablas salariales, aplicando una subida de 11,5 puntos entre los años 2022 y 2024, siendo de, +4% en 2022, + 4% en 2023 y + 3.5% en 2024.
De esta forma, la composición del salario de farmacias 2022 quedaría de la siguiente forma:
2022 |
Plus adjuntía |
2023 |
Plus adjuntía |
2024 |
Plus adjuntía |
|
FACULTATIVOS |
1.985,35€ |
81,70€ |
2.064,76€ |
84,97€ |
2.137,03€ |
87,94€ |
TÉCNICO EN FARMACIA |
1.345,91€ |
1.399,75€ |
1.448,74€ |
|||
AUXILIAR DE FARMACIA |
1.223,92€ |
1.272,87€ |
1.317,42€ |
¿Qué deben hacer los titulares farmacéuticos en relación a la subida salarial farmacia 2022?
Es importante recordarle que aunque este nuevo convenio ha entrado en vigor el 1 de enero de este nuevo año 2023, tiene un carácter retroactivo y por lo tanto, otorga sus efectos desde el 1 de enero de 2022, por lo que se deben efectuar el incremento de los pagos. Es decir, a partir del 1 de enero de 2023, las nóminas deberán estar actualizadas con el nuevo salario y se deberán de abonar los atrasos correspondientes al ejercicio del año anterior (2%).
En lo referente a la distribución de la jornada laboral, debemos recordarle que se rige por lo establecido en el Artículo 34 del Estatuto de Trabajadores, a excepción de los tres siguientes casos:
1. La distribución de la jornada se realizará, teniendo en cuenta que todos los días del año son laborables, a efectos de los servicios farmacéuticos, respetándose los descansos semanales contemplados en el Estatuto de los Trabajadores y abonando las compensaciones económicas oportunas reflejadas en las tablas salariales de este convenio.
2. En cuanto a la distribución de la jornada laboral, el nuevo convenio busca ampliar el descanso y mejorar la conciliación laboral. Si su farmacia cuenta con más de dos empleados, cuya jornada sea de lunes a domingo con horarios ampliadas, le corresponde descanso durante fin de semana al menos una vez al mes.
3. Si en su farmacia, se realiza una jornada continuada superior a las 6 horas, mencionarle que debido al nuevo convenio, se establece un tiempo de descanso estimado de 20 minutos, el cual, se incluirá como tiempo de trabajo.
Si requiere de asesoría laboral personalizada, en Gómez Córdoba, asesoría especializada en compraventa de farmacias, contamos con un equipo experto de asesoramiento laboral para ayudar a las farmacias en las diferentes gestiones con sus empleados. ¡Contacte con nosotros!
¿Necesita hacer una consulta laboral sobre un tema de farmacia?
Rellene el siguiente formulario
Nieves Martínez
Departamento Asesoría Laboral