Inspecciones de Sanidad en la farmacia: cómo estar preparado

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inspecciones de Sanidad en la farmacia

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Uno de los mayores temores de los boticarios son las inspecciones de Sanidad en la farmacia. Ver nuestro negocio sometido a un exhaustivo escrutinio nos pone de los nervios, porque ajustarlo todo al manual al 100% es prácticamente imposible.

Como la perfección no existe, hagamos lo que esté en nuestra mano para reducir los márgenes de error todo lo posible. No existe la inmunidad ante las inspecciones de Sanidad en la farmacia, pero sí podemos estar preparados ante ellas.

¿Por qué se hacen las inspecciones de Sanidad en la farmacia?

Usted se habrá preguntado en más de una ocasión: “¿por qué hacen una inspección en mi farmacia y no en otra?”.

Las inspecciones de Sanidad en la farmacia nunca son aleatorias, son visitas programadas que no están elegidas al azar. Los motivos pueden ser muchos, entre otros:

  • Denuncia de un farmacéutico a otro.
  • “Campañas” en las que se vigilan temas específicos: por ejemplo, revisión de recetas de medicamentos concretos como anabolizantes, barbitúricos…
  • Farmacias de nueva apertura: suelen tener más posibilidades de recibir la visita de un inspector.

Es muy importante tener en cuenta que el inspector (que ha debido identificarse previamente) puede entrar en nuestra botica libremente y sin previa autorización. Impedirle o intentar retrasar su actuación es un hecho sancionable.

Protocolo de inspecciones de Sanidad en la farmacia

En todas las inspecciones de Sanidad en la farmacia se sigue un protocolo en el que se revisan determinados aspectos concretos. Estas son algunas de las infracciones que suelen dar origen a un expediente sancionador:

Cruz de farmacia

Cada farmacia debe tener una única cruz griega o de malta verde en la fachada. Tener más de una acarrea sanción de unos 600€.

Identificación del personal

Todos los miembros del equipo de la oficina de farmacia deben llevar una identificación con su nombre y su categoría profesional. También hay que recordar que siempre debe haber al menos un farmacéutico en la oficina (no sólo técnico o auxiliar).

Horario de la farmacia

El horario de apertura debe estar visible desde el exterior en todo momento, esté la farmacia abierta o cerrada.

También es sancionable el no comunicar a la Consejería el cambio de horarios, como ya explicamos en este artículo sobre las claves para decidir la ampliación de horarios de la farmacia.

Plano del local

El plano del local que porta el inspector de Sanidad debe coincidir con el nuestro, para demostrar que no se han hecho modificaciones sin permiso.

Nada puede estar en el suelo

Absolutamente todo debe estar sobre mesas, estanterías, armarios, etc.

Temperaturas

Los termómetros deben resetearse a diario para que tomen la temperatura correcta del almacén y de la nevera. Los termómetros deben estar homologados, y habrá que calibrarlos o cambiarlos cada dos años. Lo más práctico es que siempre lo haga la misma persona para asegurarnos de que no se olvida y se hacen registros reales.

Bibliografía obligatoria

Este aspecto, con las nuevas tecnologías, ha cambiado en cuanto al formato.

La antigua Ley 25/1990 del Medicamento dice en su artículo 55.8:

“Las oficinas de farmacia, servicios farmacéuticos, entidades de distribución y laboratorios de fabricación de especialidades farmacéuticas deben poseer un ejemplar actualizado de la Real Farmacopea Española y del Formulario Nacional”

El RDL 1/2015 actualiza la normativa y dice que las oficinas de farmacia “deben garantizar que disponen de acceso” a esa documentación. Por lo tanto, ya no es necesario tenerlos físicamente en la farmacia.

A partir de aquí, cada Comunidad Autónoma matiza en su Ley de Ordenación Farmacéutica qué otros títulos deben formar parte de la biblioteca obligatoria de la botica. En el caso de la Comunidad de Madrid, su Ley de Farmacia, que data de 1998, aún exige que las oficinas dispongan de “bibliografía actualizada y de reconocida solvencia, como mínimo, sobre las siguientes materias:

-Interacciones medicamentosas

-Reacciones adversas

-Farmacología y terapéutica

-Farmacia galénica

-Formulación magistral

-Toxicología

+Real Farmacopea Española +Formulario Nacional +Catálogo de Medicamentos”

Medicamentos caducados

Los medicamentos caducados deben estar separados del resto, en un lugar (estantería, caja) perfectamente señalizado y diferenciado. Es imperativo tener un lugar habilitado para los caducados aunque no tengamos ninguno en ese momento.

Recetas privadas

No haber diligenciado las recetas privadas con el sello y la firma del farmacéutico es motivo de sanción. Mucha atención a:

  • La fecha de prescripción
  • Los dos apellidos del paciente
  • La posología

Guardar las recetas durante 3 meses y después destruirlas.

Higiene

Aspecto muy crítico, especialmente si elaboramos fórmulas magistrales. Es motivo de sanción, por ejemplo, usar toallas en lugar de papel.

Personal externo

Los nutricionistas, esteticistas y similares que vengan puntualmente a realizar acciones en la farmacia, deben estar contratados por esta, aunque sea una hora al mes.

Las temidas sanciones tras las inspecciones de Sanidad en la farmacia

Cuestiones fácilmente evitables como las que acabamos de señalar pueden suponer sanciones de entre 600 y 1800€, incluso más en algunos casos.

Facilitar la labor del inspector es un factor muy a tener en cuenta. No conviene poner impedimentos, intentar retrasar su trabajo ni tensar la situación. “Llevarse bien” con el encargado de una inspección de Sanidad puede evitar sanciones de sanidad o rebajarlas.

Alegue ante la inspección

En muchas ocasiones, a la hora de sancionar, el criterio del inspector es determinante. Por lo tanto, esto convierte sus decisiones en argumentables; una misma infracción puede ser categorizada como grave por un inspector y como leve por otro.

La calificación de la infracción influye, por supuesto, en la cantidad de la multa.

Categoría de la infracción:

  • Leve = multa de hasta 3.000€
  • Grave = multa de hasta 15.000€
  • Muy grave = multa de hasta 60.000€

Nuestro consejo

Siempre hay pequeños hábitos que nos pueden ayudar a evitar sustos, como guardar las recetas durante varios años o no hacer ventas fuera de horario, aunque sea por unos pocos minutos.

Una de esas medidas útiles es la de alegar siempre al finalizar el acta de inspección, en todas las ocasiones, pues estas deben ser tenidas en cuenta a la hora de establecer el grado de las sanciones.

Posteriormente, una vez le sea notificada la sanción, les aconsejamos recurrir y alegar por las vías legales a su alcance.

Desde Gómez Córdoba | Asesores de compraventa de farmacias podemos afirmar, desde nuestra dilatada experiencia, que reducir e incluso desestimar las multas por inspecciones de Sanidad es posible. Puede contar con nosotros para ello, somos especialistas.

 

Inmaculada Gómez

Abogada especialista en Farmacias

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