Amortización Fondo de Comercio en la Farmacia: Un aspecto fiscal clave en la compraventa de farmacias

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La amortización del fondo de comercio en farmacias es una cuestión fiscal clave que puede tener un impacto significativo en la rentabilidad de la operación

Si ha comprado una oficina de farmacia, seguramente se esté preguntando si puede amortizar el fondo de comercio y qué beneficios fiscales conlleva. En este artículo explicamos cuándo, cómo y bajo qué condiciones se puede deducir el fondo de comercio en una farmacia.

El fondo de comercio de una farmacia se puede amortizar fiscalmente si se cumplen ciertos requisitos establecidos por la normativa del Impuesto sobre Sociedades. Esta amortización permite deducir hasta un 5% anual del valor del fondo durante 20 años.

¿Qué es el fondo de comercio?

El fondo de comercio es un término contable que representa el valor intangible asociado a la reputación, clientela, ubicación y otros elementos no físicos. En el contexto de una farmacia, el fondo de comercio puede abarcar la ubicación, confianza de los clientes, la reputación del establecimiento, la relación con proveedores y la posición en el mercado.

¿Qué se vende al venderse una farmacia? Fondo de Comercio, activo principal

En una escritura de compraventa de farmacia, se hace referencia al precio global de la farmacia, y también al valor desglosado de los distintos activos que lo engloban: licencia administrativa, mobiliario, enseres, existencias y Fondo de Comercio. Este último es un activo principal como veremos más adelante.

El motivo de este desglose es fiscal, ya que dependiendo de la plusvalía que genere cada partida, el vendedor tendrá que tributar su ganancia patrimonial y el comprador podrá amortizar fiscalmente los distintos activos en función de los tiempos de vida útil que marquen las tablas de Hacienda.

¿Por qué es importante fiscalmente para el comprador el fondo de comercio?

Es importante fiscalmente pues constituye la mayor inversión que se hace en la compra de la oficina de farmacia. Esta inversión se refleja como un gasto financiero, lo que disminuirá la base imponible en la declaración de la renta y, por ende, reducirá la carga tributaria de la farmacia.

Hay que tener en cuenta que una farmacia no se amortiza de una vez, sino a través de los distintos ejercicios.

Si está pensando en comprar una farmacia, en Gómez Córdoba le ayudamos a estructurar la operación para que pueda beneficiarse legalmente de la amortización del fondo de comercio.

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¿Cuál es el límite anual establecido por Ley para amortizar el Fondo de Comercio?

La amortización del fondo de comercio es un proceso contable que busca distribuir el valor del fondo de comercio en el tiempo. La consideración como gasto deducible de la amortización del fondo de comercio aparece regulada en el art. 12.2 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, que establece la posibilidad de deducirse hasta un importe máximo anual de la veinteava parte del precio de adquisición del fondo de comercio, es decir, un 5% anual.

En el caso de tratarse de empresas de reducida dimensión, como es el caso de la mayor parte de las farmacias, este porcentaje puede ampliarse hasta el 7,5% anual.

¿Por qué los bancos hablan de Fondo de Comercio en la financiación de la compra de la farmacia?

Cuando un comprador quiere adquirir la farmacia, salvo raras excepciones, contará con la financiación de un banco.

En lenguaje vulgar se habla de financiarse con el Fondo de Comercio, es decir, garantizando con el propio negocio de farmacia los fondos que te proporcione el banco para adquirir.

Los bancos recurren a tasadoras oficiales que calculan dicho valor de Fondo de Comercio, en base principalmente a las ventas de la farmacia y teniendo en cuenta, otros intangibles como la ubicación, las posibilidades de crecimiento, etc.

En cualquier caso, hacer los cálculos correctos es más que necesario, ya que el fondo de comercio garantizará la cantidad que se preste para la adquisición de una farmacia.

¿Es lo mismo el pago de la hipoteca de Fondo de Comercio y la amortización fiscal de Fondo de Comercio?

En muchas ocasiones se confunden estos dos términos y es importante aclarar la diferencia fiscal entre ambos.

El préstamo de Fondo de Comercio (o prenda mobiliaria sin desplazamiento), podrá deducirse como gasto fiscal, tan solo en su parte de intereses, pero no del capital pagado.

Sin embargo, la inversión en Fondo de Comercio será del 100%, con el límite del 5% o 7,5% anual, como ya se ha explicado, con independencia de si el comprador ha adquirido a través de recursos propios o con financiación ajena.

Un ejemplo de amortización del fondo de comercio

Un farmacéutico compra una farmacia por valor de 1.000.000 euros, dicho precio se habrá determinado por el valor del mobiliario, equipos informáticos, enseres y existencias, pudiendo tener una valoración aproximada de 200.000 euros, y el resto del precio pagado, sería el valor del fondo de comercio adquirido, es decir, 800.000 euros.

Ahora llega el momento de determinar el gasto que puedo aplicar anualmente por amortización de dicho fondo de comercio adquirido.

Como explicábamos anteriormente, según dicta la ley, la amortización del fondo de comercio será deducible con el límite anual máximo de la veinteava parte de su importe (5%), ahora bien, la norma establece dicho porcentaje máximo, por debajo de dicho porcentaje , se estará perdiendo amortización , esto es , si decidimos aplicar solo un 2,5% de amortización de Fondo de Comercio, el 2,5% restante  , del 5% establecido, se pierde , es decir no se puede recuperar para años posteriores .

Además, hay que recordar que, para empresas de reducida dimensión, como las farmacias, la amortización acelerada del fondo de comercio: aplica el porcentaje máximo del 7,5% anual.

Sabiendo pues que  hay un mínimo de amortización  5% y que el máximo anual es del 7,5%, cada farmacia en función de sus características aplicara cada año la amortización que más convenga a su situación particular.

En el caso de haber recibido la farmacia por herencia o donación, ¿puedo amortizar el fondo de comercio?

En el caso de la transmisión de farmacias por herencia o donación , la respuesta es que NO se puede amortizar el fondo de comercio. Para que la amortización del fondo de comercio sea deducible debe tratarse de una compraventa, donde existe una contraprestación económica por parte del adquiriente.

Conclusión sobre la Amortización del fondo de Comercio en la Farmacia

En conclusión, el fondo de comercio es un activo intangible valioso en la optimización fiscal de la adquisición o venta de una farmacia que influye al decidir en la venta o la compra de la misma, por el ahorro fiscal que esto supone.

Para poder aplicar esta amortización, la farmacia debe cumplir con los criterios que establece la normativa vigente, especialmente en lo relativo a la existencia de una adquisición onerosa y justificada contablemente

Es por esta razón que es fundamental contar con profesionales que se encarguen de evaluar, el coste, la viabilidad económica y una buena planificación tributaría que permita reducir el impacto fiscal.

¿Quiere saber si puede aplicar esta deducción en su caso concreto? Consulta con nuestros expertos en fiscalidad y optimiza tu declaración.

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Preguntas y respuestas frecuentes sobre la amortización del fondo de comercio en farmacias

¿Qué porcentaje se puede amortizar del fondo de comercio en una farmacia?

Por norma general, se puede amortizar hasta un 5 % anual del valor del fondo de comercio.
En el caso de empresas de reducida dimensión, como ocurre con muchas farmacias, el porcentaje puede aumentar hasta un 7,5 % anual.

¿Cómo afecta la amortización del fondo de comercio a la declaración de impuestos?

La amortización del fondo de comercio se deduce como gasto fiscal anual, lo que reduce la base imponible en el Impuesto sobre Sociedades o IRPF, y, por tanto, disminuye la carga tributaria de la farmacia.

¿Puedo aplicar la amortización si compré la farmacia como autónomo y no como sociedad?

Sí, siempre que haya existido una compraventa real con contraprestación económica, se puede aplicar la amortización, tanto si la farmacia se explota como persona física (autónomo) como si lo hace a través de una sociedad.

¿Se puede amortizar el fondo de comercio en una farmacia heredada?

No. En el caso de transmisión por herencia o donación, no se puede amortizar el fondo de comercio, ya que no existe una adquisición onerosa, requisito imprescindible para aplicar esta deducción.

¿Qué documentación debo conservar para justificar la amortización ante Hacienda?

Debe conservar la escritura de compraventa, la desglose del precio asignado al fondo de comercio, así como la contabilización anual de la amortización practicada. Esta documentación es esencial en caso de inspección.

Rosa Gómez Soto, abogada especialista en fiscalidad y compraventa de farmacias

Rosa Gómez Soto

Abogada especialista en farmacias

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