La subrogación de trabajadores en la compraventa de farmacia es uno de los aspectos laborales más relevantes cuando se adquiere una oficina de farmacia. Al comprar una farmacia, el nuevo titular no solo adquiere el negocio, sino también determinadas obligaciones laborales respecto a la plantilla existente, como salarios, antigüedad o condiciones contractuales.
Analizar correctamente estos aspectos antes de formalizar la operación resulta fundamental para evitar costes imprevistos, conflictos laborales o riesgos económicos. En este artículo explicamos qué implica la subrogación de trabajadores, qué obligaciones asume el comprador y qué aspectos conviene revisar antes de cerrar la compraventa.
¿Qué obligaciones asumo en la subrogación de trabajadores en la compraventa de farmacia?
En la compra de una farmacia, el nuevo titular adquiere también determinadas obligaciones legales respecto a los trabajadores adscritos al negocio.
Por ello, antes de formalizar la operación, resulta imprescindible analizar los contratos laborales existentes, así como las condiciones salariales y los derechos adquiridos por cada trabajador.
A continuación, repasamos algunos aspectos que conviene revisar en relación con la plantilla de la farmacia que desea comprar.
Los costes económicos respecto a la antigüedad de los trabajadores
Cuando se produce la subrogación de trabajadores en la compraventa de farmacia, el nuevo titular debe asumir los derechos de antigüedad que cada trabajador tenga en el momento de la compra.
Esto implica que, en caso de despido, la antigüedad acumulada deberá tenerse en cuenta a efectos indemnizatorios, lo que puede suponer un coste relevante para el comprador.
Pongamos un ejemplo.
Un adjunto con salario según convenio y una antigüedad de 10 años podría suponer un coste por despido improcedente aproximado de 29.132 €.
Conocer este dato antes de la compra de la farmacia puede permitir negociar una reducción del precio de la operación si el comprador decide asumir a ese trabajador.
En caso de que el nuevo titular no tenga intención de continuar con dicho empleado, el despido podría ser asumido por el titular vendedor, ya que se trata de una antigüedad generada durante su titularidad.
En cualquier caso, no existe una obligación legal de que esto ocurra así, sino que se trata de una cuestión que conviene analizar y negociar entre las partes antes de formalizar la compraventa.
Costes totales de plantilla: estudios de viabilidad económica para prever la amortización de algún puesto
Un estudio previo de los costes del personal adscrito a la farmacia permite conocer el impacto que tendrá esta partida tras la compra.
En la subrogación de trabajadores en la compraventa de farmacia, es importante analizar el coste total de la plantilla, ya que puede influir en la viabilidad de la operación.
En algunas ocasiones, el nuevo titular se encuentra con un exceso de personal, bien porque no resulta viable económicamente, bien porque no es necesario con la nueva dirección.
Si tuviera que prescindir de parte de la plantilla, debe conocer qué coste está dispuesto a asumir antes de la compra.
Los contratos blindados, despidos nulos de pleno derecho
También es importante conocer los acuerdos especiales que el antiguo titular haya firmado con los trabajadores, ya que pueden existir situaciones especialmente protegidas.
Por ejemplo, trabajadores con reducción de jornada por guarda legal de un menor, una situación que puede mantenerse hasta que el hijo cumpla 12 años.
En estos casos, el nuevo titular no podrá despedir al trabajador mientras se mantenga esta situación, ya que el despido podría ser declarado nulo de pleno derecho.
No obstante, sí podrían producirse despidos disciplinarios, siempre que estén debidamente acreditados.
Revisión de los salarios de los empleados
También debemos tener muy en cuenta que los salarios del personal en la subrogación de trabajadores en la compraventa de farmacias, estén actualizadas a las tablas salariales que marca el Convenio de Oficinas de Farmacia, ya que estos, pueden ser reclamados por el trabajador si no están ajustados a las tablas salariales marcadas en el Art. 32 del Convenio Colectivo de Farmacias. Por ello sería conveniente poder ver los recibos de salario que se están abonando a los trabajadores.
Revisar los pagos con la Seguridad Social
En la subrogación de trabajadores en la compraventa de farmacias, es importante también tener constancia de que se está al corriente de pago en las cuotas a la seguridad social de los trabajadores, ya que la subrogación de empresa supone asumir las deudas habidas anteriormente. En prevención, debe solicitar al antiguo titular un certificado de estar al corriente de pago ante la Tesorería de la Seguridad Social.
¿También se subroga la antigüedad de los colaboradores familiares al comprar la farmacia?
Estos colaboradores familiares están encuadrados dentro de la propia Tesorería de la Seguridad Social en el Régimen de Autónomos,
por lo que su cotización es independiente de la del resto de trabajadores por cuenta ajena.
En estos casos no existen derechos de antigüedad que subrogar, ya que realmente se trata de un trabajador autónomo, que no goza del derecho indemnizatorio que correspondería a un empleado por cuenta ajena.
Por ello, si en la farmacia trabaja un familiar del antiguo titular, conviene dejar esta situación expresamente reflejada en la escritura de compraventa.
De esta forma se evita que pueda producirse alguna reclamación laboral futura en caso de tener que prescindir de este trabajador.
Revisión sobre la retribución flexible por comisiones de ventas
También conviene comprobar si existen acuerdos de comisiones por ventas pactados con los trabajadores antes de la compra de la farmacia.
Si estas comisiones se perciben de forma habitual como parte del salario, el nuevo titular deberá asumirlas tras la subrogación de trabajadores en la compraventa de farmacia.
Aspecto económico a considerar en la subrogación de trabajadores en la compraventa de farmacia
La liquidación de pagas extras y vacaciones de los trabajadores es otro aspecto que conviene tener en cuenta antes de la compra de la farmacia.
Es importante comprobar si estas cantidades han sido asumidas por el titular vendedor hasta la fecha de la transmisión.
En general, las vacaciones pendientes y las pagas extraordinarias devengadas deben ser liquidadas por el anterior titular en el finiquito, ya que se trata de gastos correspondientes al periodo anterior a la compraventa.
Como habrá podido comprobar, el análisis de los contratos y situaciones laborales de la plantilla puede resultar complejo. Por ello, conviene revisar estos aspectos antes de adquirir una farmacia para evitar costes laborales imprevistos.
Si está pensando en comprar una farmacia, en Gómez Córdoba podemos ayudarle a analizar la subrogación de trabajadores y los costes laborales de la operación.

Preguntas frecuentes sobre la subrogación de trabajadores en la compraventa de farmacia
¿Es obligatorio subrogar a los trabajadores al comprar una farmacia?
Sí, normalmente el nuevo titular debe mantener los contratos laborales y sus condiciones.
¿Se mantiene la antigüedad de los trabajadores tras la compra?
Sí, los empleados conservan su antigüedad y derechos laborales.
¿Puede el nuevo titular despedir trabajadores?
Sí, pero deberá asumir la indemnización correspondiente según la antigüedad del trabajador.
¿Qué ocurre con las deudas con la Seguridad Social?
El comprador puede asumirlas, por lo que conviene comprobar que el vendedor está al corriente de pago.






