Márgenes en la Farmacia y Hacienda: ¡Cuidado!

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márgenes en la farmacia

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Hoy vamos a hablar de los márgenes en la farmacia de compras/ventas que se declaran cuando presentamos el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas -que es el obligado para los titulares de oficina de farmacia-. No es esta una cuestión baladí. Realmente es un tema que marca la diferencia y que condiciona el tributar en mayor o menor medida. Pero ¡¡¡cuidado!! no todo vale y el resultado de unas declaraciones con márgenes muy bajos son las inspecciones.

Las  declaraciones con márgenes muy bajos, pueden ser consecuencias de:

  • Comprobación exhaustiva de la contabilidad y fiscalidad aplicadas a la farmacia.
  • Detección de algún error u omisión, no tenido en cuenta con su correspondiente sanción, intereses de demora y, sobre todo, el trastorno emocional (el miedo terrible cuando a uno le inspeccionan).

 

Hagamos desde el principio las cosas bien, declaremos acorde a los márgenes reales de nuestra farmacia sean altos o bajos -cada farmacia tiene sus peculiaridades-.

Y, en caso de márgenes por debajo de los estándares considerados por Hacienda, tengamos la previsión de poder documentar y justificar los mismos.

Márgenes en la farmacia: ¿Por dónde empezar?

En primer lugar, les contamos unas generalidades para ponernos en situación:

La farmacia, se nutre de dos tipos de ventas:

  • Ventas de Receta.
  • Venta libre.

 

Los márgenes con los que se trabaja en una y otra son muy diferentes.

¿Cuáles son los márgenes en la farmacia que se obtienen con las ventas de receta?

Respecto a las ventas de medicamentos por receta, nos encontramos con que sus márgenes están marcados por ley. Su Base Legal es el Real Decreto 823/2008 del 16 de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano.

En su artículo 2 se establecen los márgenes y deducciones correspondientes a la dispensación al público de medicamentos de uso humano fabricados industrialmente.

 

PRECIO INDUSTRIAL DE LOS MEDICAMENTOS
Igual o inferior a 91,63€ 27,90%
Entre 91,63€ y 200€ 38,37€ por envase
Entre 200€ y 500€ 43,87€ por envase
Más de 500€ 43,87€ por envase

 

 

Ese decreto, establece además, la siguiente escala de deducciones a la factura mensual de recetas que cada farmacia dispensa:

 

Ventas totales a PVP IVA hasta – Euros Deducción – Euros Resto hasta – Euros Porcentaje aplicable
0 0 37.500,00 0
37.500,01 0 45.000,00 7,8
45.000,01 585 58.345,61 9,1
58.345,62 1,799,45 120.206,01 11,4
120.206,02 8.851,53 208.075,90 13,6
208.075,91 20.801,83 295.242,83 15,7
295.242,83 34.487,04 382.409,76 17,2
382.409,77 49.479,75 600.000,00 18,2
600.000,01 89.081,17 En adelante 20

 

 

 

 

 

 

 

 

 

A ello hay que sumarle, las deducciones establecidas en el Real Decreto 8/2010 que, dentro las medidas «anticrisis», establece en su artículo 8 una deducción del 7´5% a la factura de las recetas.

El Real Decreto 1193/2011 estableció el procedimiento para la aplicación del RD 823/2008 y del RD 8/2010.

¿Cuáles son los márgenes en la farmacia por venta libre?

Los márgenes en farmacias por venta libre son variables. Pueden ser mayores o menores en función de la especialidad y de los acuerdos a los que se llegue con los proveedores.

Claro está, los mejores descuentos se harán en función del volumen de compras que se hagan a los mismos.

Queda claro, que interesa comprar una cantidad importante a un proveedor para obtener de esta manera mejores condiciones. De ahí que las farmacias de alta facturación obtengan mejores márgenes que las pequeñas; también que se formen grupos de compras entre diversas farmacias, para obtener mejores condiciones de compra.

En conclusión respecto a los márgenes obtenidos en venta libre o parafarmacia, nos encontramos con un amplio espectro que depende  fundamentalmente del producto, del proveedor y de las condiciones de compra acordadas. La horquilla oscila entre un 30-35% como media.

Hecha esta introducción respecto a los márgenes que se pueden obtener en farmacia, llegamos a la conclusión de que estos pueden ser dispares, dependiendo del porcentaje de venta en receta y venta libre de la farmacia de estudio.

Pero además, dentro de la facturación de recetas, estas obtendrán, un margen aún por debajo del máximo 27,9%, en función de que se vean afectadas por los descuentos de los RDL  y el tipo de medicamento vendido.

¿Por qué Agencia Tributaria investiga a una determinada farmacia?

Pues fundamentalmente presentar declaraciones de IRPF con unos márgenes compras/ventas por debajo de los estándares que precisábamos más arriba, esto es, por debajo del 27,9%.

Pero, ¿no acabamos de decir, que los márgenes pueden estar por debajo de este 27,9%? Efectivamente, pero cuando esto ocurre, deberíamos poder demostrárselo y justificarlo ante la Hacienda Pública, pues, como la mujer del César, no solo hay que serlo, sino también aparentarlo.

Pongamos un ejemplo, para mejor clarificar el tema, que sin duda tiene miga.

Inicio de actuaciones de Comprobación e Investigación de un ejercicio fiscal de una farmacia.

Facturación.- 1. 930.149 euros

Causa de la investigación: Márgenes comprar/ventas declarados en la actividad en IRPF: 22,6 %.

¿Cómo demostramos que dichos márgenes son reales?:

Nuestra farmacia, factura alrededor del 85% de ventas de Recetas y hemos comprobado un margen medio del 27% (sin tener en cuenta las deducciones de los Reales Decretos).

Veamos cómo aplicando las deducciones de los Reales Decretos el margen baja hasta el 22,6% declarado.

 

VENTAS RECETAS 1.594.575€
VENTA LIBRE 335.574€
DEDUCCIÓN RDL 8/2010 -91.876€
DEDUCCIÓN RD 1193/2011 -95.287€
ABONO COMP. LABORATORIOS RDL 8/10 63.301€
TOTAL VENTAS 1.805.747€
TOTAL VENTAS (SIN TENER EN CUENTA RDL) 1.930.149€
   
COMPRAS -1.397.659€
   
MARGEN teniendo en cuenta RDL (ventas – compras)/ventas: (1.805.747-1.397.659)/1.805.747 22,6%
MARGEN sin tener en cuenta RDL (ventas – compras)/ventas: (1.930.149-1.397.659)/1.930.149 27,59

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Márgenes en la farmacia: ¡No tengas miedo!

Esta bajada del margen como consecuencia de la aplicación de los Reales Decretos es pasada por alto muchas veces por la Agencia Tributaria, pero es una realidad en las farmacias con un alto porcentaje de facturación de recetas de la Seguridad Social y es posible demostrarlo apoyándonos en la Ley.

En definitiva, ¡no tengas miedo de presentar un margen inferior al que Hacienda espera! Eso sí, guarda toda la documentación para poder defender tus cuentas ante una probable inspección en su farmacia. No obstante en Gómez Córdoba, contamos con un Departamento de contabilidad, especialistas en fiscalidad y por supuesto el cálculo de márgenes en la farmacia. ¡Cuente con nosotros!

 

En Gómez Córdoba, somos especialistas en la compraventa de farmacias, por lo que, si usted tiene pensado comprar o vender su farmacia, no dude en contactar con nosotros.

 

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Rosa Gómez

Abogada especialista en farmacias

 

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