Impuestos en la Farmacia: IRPF, IVA y Plusvalía Municipal

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Impuestos en la farmacia

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¿Cuáles son los impuestos en la farmacia? Desde Gómez Córdoba, asesores expertos en compraventa de farmacias, sabemos lo complicados que pueden resultar los temas fiscales y contables para los profesionales de otras disciplinas. Sin embargo, creemos que hay unos mínimos que todos los titulares de farmacia necesitan conocer, aunque luego tengan una gestoría que les solucione estos asuntos. En este artículo vamos a hacer un breve resumen sobre cuáles son los impuestos en la farmacia para que, al menos, tengan un conocimiento general.

Impuestos en la farmacia: IRPF e IVA

Entonces vamos a empezar por el principio: toda actividad remunerada realizada tanto por empresas como por personas conlleva la responsabilidad de contribuir con una parte de sus ganancias que van destinadas a las administraciones públicas. El caso de las farmacias no es distinto, en este artículo vamos a hablar, en concreto, del IRPF e IVA.

IRPF en la farmacia

Modelo 130

Respecto al IRPF hablaremos primero de los pagos a cuenta a Hacienda, que se harán de manera trimestral durante el año, mediante el modelo 130. Esos pagos a cuenta los calculamos mediante el resultado de la cuenta de explotación de la farmacia, que se obtiene del total de los ingresos, al restarle el coste de la mercadería consumida y los gastos generados por la actividad. Sobre él, se paga un 20% a modo de pago a cuenta.

Declaración de la Renta

Una vez al año, estos pagos a cuenta los regularicemos mediante nuestra Declaración de IRPF. Esos beneficios generados tributan como rendimientos de actividades económicas en régimen de estimación directa, es decir que se consideran no como rendimientos del trabajo sino como trabajador por cuenta propia.

El IVA en la farmacia

Recargo de equivalencia

En el caso de este impuesto, las farmacias considerándolas como personas físicas no tienen la obligación de presentar las declaraciones de IVA, pero sí deben pagarlo. A las farmacias se les aplica el régimen fiscal especial llamado Recargo de Equivalencia, que supone pagar un IVA más un diferencial, que es lo que llamamos Recargo de Equivalencia. Es el proveedor el que debe incluir el recargo de equivalencia en sus facturas y es el responsable legal del pago frente Hacienda. De esta manera se simplifica las obligaciones administrativas del farmacéutico con Hacienda.

En cuanto a la venta, las farmacias solamente aplican el IVA a los productos, no les repercuten ese Recargo de Equivalencia. Este sobrecoste de IVA no supone una pérdida de ingresos ya que, aunque es un impuesto, se considera un gasto puro ya que las farmacias no lo pueden deducir de otra forma.

Compraventa: ¿Qué impuestos existen en la farmacia?

En cuanto a la compraventa, básicamente los impuestos que existen en farmacia son dos: el IRPF y la Plusvalía Municipal. Vamos a analizar cada uno de ellos en detalle. 

Para el vendedor: Declarar la ganancia o pérdida patrimonial en el IRPF

El IPRF es el principal impuesto que se paga por la compraventa de una farmacia. Esto es así, pues al ser el titular farmacéutico persona física tendrá que tributar por sus diferentes ingresos a través de este impuesto.

La ganancia patrimonial hace mención de las variaciones del valor que tiene el patrimonio de cada contribuyente y cualquier cambio que se produzca se debe declarar.

Para calcular la tributación del IRPF en la venta de la farmacia se tiene en cuenta varios factores:

  1. Precio de adquisición actualizado. Se debe analizar el valor por el cual se compró la farmacia y actualizarlo al momento de la venta, para eso hallaremos el valor neto contable.
  2. Precio de venta. Si el precio de venta es superior al valor de adquisición, existirá una ganancia y si es más menor, se producirá una pérdida patrimonial.

 

Lo hablado hasta ahora hace referencia a los impuestos en la farmacia referente la venta del negocio, pero ¿cómo tributa la venta del local?

Por un lado, tendremos que conocer el precio de adquisición del local e igualmente actualizar su valor calculando el valor neto contable, como hemos hecho con el negocio de farmacia. Esto es, restaremos al valor de adquisición inicial las amortizaciones del mismo en función de los años transcurridos desde la compra. Los costes de inversión realizados en el local se suman al valor de adquisición.

Por tanto, para calcular el valor de adquisición actualizado a la fecha de la venta del local tendremos que restar al valor inicial del local, el valor de las amortizaciones y sumar el valor de la inversión.

Plusvalía Municipal

La Plusvalía Municipal o también denominado Impuesto sobre el Incremento de Valor de Los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) es el otro de los impuestos en la farmacia que se debe pagar por la operación de compraventa si es que se vende con el local.

Este impuesto se aplica en el caso de farmacias cuando se vende, se dona o se hereda el local de la farmacia.

Si quiere saber cómo calcular este impuesto y lo que dice El Tribunal Constitucional en la sentencia 59/2017, consulta nuestro post sobre el Impuesto de Plusvalía Municipal.

 

En Gómez Córdoba disponemos de una asesoría especializada en contabilidad de farmacia. Si necesita ayuda con sus impuestos, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

 

En Gómez Córdoba, somos especialistas en la compraventa de farmacias, por lo que, si usted tiene pensado comprar o vender su farmacia, no dude en contactar con nosotros.

 

Quiero comprar farmacia

Quiero vender mi farmacia

 

 

 

 

 

 

Marco Antonio de Jesús

Departamento de Contabilidad

 

 

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6 comentarios
    1. Estimado farmacéutico,

      En primer lugar, le agradecemos el interés mostrado por nuestro blog.

      Con respecto a su pregunta, deberán presentar el Modelo 347 aquellas farmacias que hayan realizado operaciones por un valor superior a 3005.06 €.

      Si necesita cualquier trámite en este sentido, le informamos de que contamos con un equipo de contables especializados en farmacias a su disposición.

      Saludos

  1. modelo Excel para anotar correctamente el desglose del Iva y del Irpf para una oficina de farmacia. NecesitarÍa esto o el enlace donde puedo encontrarlo en la pagina de la AEAT

    MUCHAS GRACIAS

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