Contratación de un familiar en farmacia, ¿cuenta ajena o colaborador?

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Contratación de un familiar en farmacia

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Hoy hablamos de la contratación de un familiar en farmacia y desbrozamos si es mejor hacerlo por cuenta ajena o como autónomo colaborador.

La profesión farmacéutica es tan familiar que, a veces, casi podría parecer que es hereditaria. Es muy habitual encontrarnos con boticarios hijos de boticarios e incluso nietos de boticarios detrás del mostrador. De hecho, muchos de esos farmacéuticos recurren a los servicios de Gómez Córdoba para realizar el cambio de titularidad en la venta o donación de su farmacia en favor de sus familiares. 

Es por ello que en este artículo vamos a tratar los aspectos más relevantes sobre la incorporación de un familiar a nuestra farmacia.

¿A quiénes debemos considerar familiares a los efectos de contratación en nuestra farmacia?

Debemos de considerar familiares a todos nuestros parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, inclusive y en su caso por adopción.

Para poder contratar a un familiar en la farmacia en el régimen general hasta ahora podríamos entender que el requisito principal es que no se conviva con él. 

En este sentido, como hemos visto en el Estatuto de los Trabajadores, se establece como límite el segundo grado de consanguinidad, es decir:

  • Nietos
  • Abuelos
  • Hermanos
  • Cuñados

 

Familiares de tercer grado (tíos y sobrinos) serían ya contratados dentro del régimen general.

¿Cuáles son las opciones de contratación de un familiar en farmacia?

La contratación de un familiar es viable, fundamentalmente, en los dos regímenes posibles:

  • Asalariado en el régimen general
  • Autónomo colaborador familiar

 

Contratación en régimen general

Incentivos y duración:

  • Bonificación del 100% en la cuota empresarial por contingencias comunes.
  • Período de 12 meses.

 

Contratación como autónomo colaborador

Incentivos y duración:

  • Bonificación del 50% de la cuota de autónomo durante los primeros 18 meses.
  • Bonificación del 25% de la cuota de autónomo del mes 19 al 24.

 

¿Qué modalidad es más rentable para la contratación de un familiar en farmacia?

En el ejemplo concreto de la contratación de un familiar en la categoría de farmacéutico durante el primer año, nos encontraríamos en la siguiente situación:

En Régimen General

  • Salario bruto mensual: 2493€
  • Coste total a la empresa (Salario+ Seguridad Social) 2493€ X 32%= 797.76 €; 797.76+2493= 3290.76€
  • Bonificación (50% Contingencias Comunes) siendo las contingencias comunes un 23.6% de 2493, resultaría un ahorro de 588.35€
  • TOTAL COSTE MES 41€ X 12 meses= 32.428.92€

 

Como Autónomo Colaborador

  • Salario bruto mensual: 2493€
  • Coste total a la empresa (Salario+Seguridad Social) 2493€ X 31.20%= 777.92 €; 777.92 +2493= 3270.92€
  • Bonificación (50% de la Cuota) 50% de 777.82 € resultaría un ahorro de 388.91€
  • TOTAL COSTE MES 91€ X 12 meses= 34582.92€

 

NOTA: En este ejemplo concreto, saldría más rentable contratar en el régimen general, sin embargo, es importante señalar que en el ejemplo no se ha tomado en consideración que en el caso del autónomo colaborador podemos jugar con cuotas inferiores ya que se nos permite movernos en una horquilla de cuota, que en el caso del farmacéutico, iría desde un mínimo de 336.47€ a un máximo 861.12€, de esta forma, si tomamos la base inferior sería más rentable la contratación de un familiar como colaborador autónomo. Por ello, es necesario consultarnos en cada caso concreto el importe del coste total del trabajador contratado.

 

En Gómez Córdoba contamos con un Departamento de Asesoramiento Laboral especializado en farmacias. Si usted se encuentra en la situación de contratación de un familiar en farmacia y tiene dudas si hacerlo por cuenta ajena o colaborador, le recomendamos que contacte con nosotros.

 

En Gómez Córdoba, somos especialistas en la compraventa de farmacias, por lo que, si usted tiene pensado comprar o vender su farmacia, no dude en contactar con nosotros.

 

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