En la compraventa de farmacia es habitual firmar primero un contrato de arras que serán confirmatorias sino se especifica que sean penitenciales. Ahora bien, deberemos de conocer todo lo relacionado con los impuestos del contrato de arras en farmacia.
¿Tributan los contratos de arras?
Antes de empezar, diferenciemos arras penitenciales de confirmatorias:
- En las arras penitenciales, el comprador entrega al vendedor una cantidad de dinero como garantía de que dicha compraventa se va a realizar.
- En las arras confirmatorias, la entrega de esa cantidad de dinero está perfeccionando el contrato de compraventa que finalizará posteriormente con la entrega del resto del precio y de la la farmacia. Esto significa que, la cantidad entregada, es una entrega a cuenta .
Estos conceptos, marca la diferencia respecto al pago o no de impuestos de este tipo de contratos.
¿Se pagan impuestos del contrato de arras en farmacia?
Se pagan cuando el contrato de compraventa es perfecto en tanto que se fijan las condiciones de precio y entrega de la cosa y las partes se obligan a su cumplimiento, dicho esto, podemos decir que las arras penitenciales no generan el pago de impuestos pero las confirmatorias sí.
¿Cuáles son esos impuestos del contrato de arras en farmacia?
Los impuestos del local de farmacia
Si el local se compra estará sujeto a ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales), tributo que pagará el comprador en el momento que se entregue el inmueble.
Por tanto, la entrega de las arras no supone el devengo de ningún impuesto. Ya que el ITP se devenga en el momento de la entrega del local, y es a partir de dicho momento cuando deberá liquidarse (al tipo de entre un 7% y un 11%, según la comunidad autónoma).
Los impuestos de la farmacia
Como decíamos en el apartado anterior, los impuestos del contrato de arras en la compraventa de farmacia, dependerán del tipo de «contrato de arras» que se haya suscrito.
Arras confirmatorias
En tal caso, se considera como «anticipo». Debe realizar la tributación correspondiente. En el caso de la venta de la farmacia será una Alteración Patrimonial que deberá reflejar el vendedor en el IRPF del año correspondiente al año en que se realizó el pago de esa señal.
Arras penitenciales
Se considera como una fianza realizada al amparo del artículo 1454 del Código Civil, por tanto, no genera el pago de impuestos, en tanto que la compraventa no es firme .
¿Qué ocurre si finalmente no se llega a realizar la venta de la farmacia?
En el caso de las arras penitenciales
En caso de incumplimiento, la parte que incumpliere, deberá indemnizar a la otra y en este caso, la indemnización será una Ganancia Patrimonial en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) del perceptor y una Pérdida Patrimonial en el IRPF de quien la asuma.
Conclusión sobre los impuestos del contrato de arras en farmacia
Si las arras son confirmatorias, nos encontramos con un contrato de compraventa perfecto desde el momento que se hace entrega de una cantidad en concepto de arras o pago a cuenta.
Y en este caso, las arras tributaran de la misma manera que lo hace la operación de compraventa que es continuación de la primera.
Sin embargo, si hablamos de arras penitenciales, nos encontramos en realidad con un precontrato, que permite a voluntad de las partes, desistir de la operación indemnizando a la otra con una cantidad pactada previamente.
Si usted está pensando en vender la farmacia y tiene dudas respecto a la fiscalidad que estas operaciones suponen, le recomendamos que contacte con nosotros. En Gómez Córdoba, somos especialistas en compraventa de farmacias.
En Gómez Córdoba, somos especialistas en la compraventa de farmacias, por lo que, si usted tiene pensado comprar o vender su farmacia, no dude en contactar con nosotros.
Marta García-Urgelés
Departamento Comercial
Hacen contratos de cuentas de participacion
Estimada Cristina;
Si; hacemos contratos de cuentas en participación, si esta interesada en ampkiar información le ruego contacte con nosotros.
Gracias.