Las farmacias de guardias tienen un objetivo claro: prestar asistencia farmacéutica permanente a la población. Es decir, garantizar a los ciudadanos un servicio gratuito de urgencia que abarca los 365 días del año, las 24 horas del día.
Las guardias son inherentes al trabajo farmacéutico, por lo que es necesario conocer todos los aspectos legales que giran en torno a ellas. Lo más básico e importante que debe saber es que todas las oficinas de farmacia tienen la obligación legal de ofrecer este servicio de guardias y bajo ningún concepto, debe ignorar este precepto.
¿Qué entendemos por farmacias de guardia?
Las farmacias de guardias son aquellas que en una determinada población o zona farmacéutica y durante un periodo determinado, ofrecen el llamado “Servicio de Guardia”. El Convenio de Oficinas de Farmacia define este servicio en su artículo 25 como “el tiempo de trabajo que, con carácter complementario, deberá realizar el personal fuera de la jornada anual ordinaria, con el fin de cumplir con la obligación legal mencionada anteriormente”.
¿Cuántos tipos de guardias existen?
El citado convenio diferencia distintos tipos de guardias que se clasifican en: guardia laborable, es decir, el servicio que se realiza durante los días laborales (de lunes a sábado) y guardia en festivo, que es el servicio que se realiza los domingos u otros días festivos.
¿Cómo se pagan las guardias a los trabajadores?
El convenio deja libertad al titular de farmacia para que pueda elegir pagar las horas de guardia de dos formas: con retribución económica o con días de descanso.
Si se decide pagarlas con días de descanso, hay que tener en cuenta que una hora trabajada corresponde a una hora de descanso.
Por el contrario, si se decide pagarlas mediante retribución económica, debe saber cuáles son los importes legales para cada profesional:
Farmacéutico titulado: debe cobrar 18,47€/hora los días laborales y 24,96€ los días festivos.
Técnico en farmacia: su retribución es de 12,49€/hora los días laborables y 16,91€/hora los días festivos.
Auxiliar de farmacia: debe cobrar 11,46€/hora los días laborables y 15,34€/hora los días festivos.
¿Qué profesionales deben trabajar en una farmacia de guardia?
Siempre, siempre, debe estar un farmacéutico al frente del servicio de guardia. Podrán acompañarle técnicos o auxiliares de farmacia pero la presencia de un farmacéutico titulado es fundamental.
¿Qué se dispensa en las farmacias de guardia?
Una farmacia de guardia tiene el objetivo de dispensar medicamentos y productos sanitarios solicitados mediante prescripción facultativa de urgencia, así como los que se requieran para solucionar un problema de salud que justifique, a criterio profesional del farmacéutico, una asistencia farmacéutica urgente. No obstante, en la práctica, la farmacia de guardia suele dispensar todo tipo de productos sanitarios.
¿Cómo se regulan las farmacias de guardias?
Las Comunidades Autónomas tienen potestad en esta materia y son las encargadas de regular los servicios de urgencia de su red de oficinas de farmacias.
A menudo se confunden las farmacias de horario ampliado de 12 o 24 horas con las farmacias de guardia y no es lo mismo. La farmacia de guardia realiza este servicio por turnos rotativos de manera obligatoria, mientras que las farmacias de horario ampliado lo hacen de forma voluntaria.
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Por último, le recomendamos leer nuestro artículo relacionado sobre: receta médica.
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Nuria Bartolomé
Departamento Laboral
Hola , ya ha empezado el año y hecho en falta que no hayáis comentado que pasa con la subida del salario en este 2020. Ya con la primera nómina del año a la vuelta
Hola Milagros.
Muy pronto lo haremos.
Gracias por escribirnos.
Un saludo
Quien debe hacer una guardia de noche? Es obligatoria la presencia de un farmacéutico?
Soy un Técnico de Farmacia y
he hecho guardias de noche sola.
Donde debo acudir cuando una farmacia está de guardia y no me dispensa mi receta. No cogen el teléfono el cual está puesto en la puerta de la farmacia para que acudan a despachar
Entonces si se trabaja un festivo en una farmacia de horario ampliado no te tienen que dar descanso ?o en su defecto pagaR?
Porque cierran las puertas de las farmacias en moral de Calatrava y no te atienden solo.ppr tlno y con receta medica
Buenos dias. Tengo una pregunta
Unas farmacias (en Cataluña) pueden acordar una rotación de sus guardias con otras farmacias de pueblos vecinos, por lo cual la gente tendrán que despertarse varios quilómetros en horario de guardia.
La pregunta; ¿para poder llevar a cabo dicho acuerdo cual es la distancia máxima que debe existir entre pueblos y cuales son las disposiciones y artículo que lo regulan en Cataluña?
Hola Josep,
Al ser una pregunta especifica de legislación autonómica y no general, tendría que solicitar consulta en el Despacho para estudiar el caso concreto y poder responderle.
Trabajo a jornada completa como técnico de farmacia en una oficina de farmacia, mi horario es de 9.30 a 13.30 y de 16.45 a 20.00 de lunes a viernes, los sábados de 9.45 a 13.30. Cuando es guardia mi horario es de 9.30 a 13.30 y de 16.45 a 21.00, esas 2 horas que hago de más fuera de mi jornada laboral me las devuelven hora por hora, esta bien? O al ser horas fuera de mi jornada laboral se deberían de tratar como horas extra y devolverme 3 horas y 30min? Y los domingos y festivos que de normal no trabajo, si hago ese horario de guardia (9.30 a 14.30 y 16.45 a 21.00) me deberían de devolver esas 9horas y 15 min como 9horas y 15 minutos, o cada hora multiplicada por 2 horas? O solo devolverme las 2 horas extras que hago?
Espero su respuesta. Muchas gracias y saludos cordiales.
Buenos días Andrea, al tratarse de una consulta tan personalizada por favor contáctese con el número 91 457 97 45 o también puede escribir al correo gomezcordoba@gomezcordoba.com
Aquí le indicarán presupuesto y cita.
Un saludo y que tenga buen día.
Una pregunta, es legal que no te atiendan en una farmacia de guardia un domingo, sin receta médica. He ido y llamado al número existente en la puerta ya que por estos pueblos nunca hay nadie en las farmacias cuando están de guardia, y una chica me ha informado que sin receta médica no me podía atender, vamos ni molestarse en venir.
Hola Javier;
Planteas dos cuestiones, por un lado un medicamento que requiere receta médica, no podrá dispensarse sin ella.
Respecto a la atención por parte del personal de la farmacia en horario de guardia, este deberá atender a cualquier solicitud dentro de ese horario de apertura y díspensar aquello que la ley le permita sin receta, esto es cualquier producto de parafarmacia o OTC ( medicamento que no requiere receta)
Hola, espero que me podáis ayudar. Cuanto se cobra por hacer guardias rurales localizadas. Hay diferencia entre hacerlas días de diario o fines de semana . Gracias
Hola Isabel; dependiendo de si son días laborales o festivos se paga distinto, también dependiendo de tu categoría profesional , a saber:
Farmacéutico.- 15,85 €/hora días laborales
17,67 €/hora festivos
Tecnico y auxiliar .- 10,31 €/hora días laborales
11,78 €/hora festivos.
En mi pueblo pasa lo mismo, hay dos farmacias, una te atiende genial cuando esta de guardia, pero la otra te piensas en ni ir, tienes que llamar a un móvil y si quiere viene y te atiende de malos modos , después de esperar en la puerta de la calle de la farmacia más de 1 hora llueva o truene y le da igual que sea urgente, no puede la ley actuar para mejorar el servicio
Estimado Juan;
Me temo que lo único que puede hacer, es no ir a dicha farmacia para que de alguna forma el titular vea que pierde clientela por el trato poco amable.
Distinto sería que no abriera durante su turno de guardia, eso si podría denunciarse en el Colegio de farmacéuticos de la provincia.
Hola, soy auxiliar de farmacia, y estoy contratada por 81h al mes, me gustaría saber si cada vez que alguien esta de baja o de vacaciones me pueden poner a mi a sustituir las veces que sea al año, y otra duda que tengo es, si mi contrato pone de lunes a sábados, y me ponen hacer una guardia en domingo, me lo deberían pagar con una cuantía mas alta? aunque este dentro de mis horas laborales y no como complementarias. Saludos y muchas gracias.
Buenas días Mónica, encantados de saludarte.
Para una consulta específica que no pueda ser respondida por los artículos del blog, le invitamos a visitar la sugiente página: https://gomezcordoba.com/consultas-laborales/
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Un saludo y que tenga buen día.