Donar la farmacia sin perjudicar a herederos no farmacéuticos

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donar la farmacia sin perjudicar a herederos no farmacéuticos

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¿Cómo donar la farmacia sin perjudicar a herederos no farmacéuticos?

Para donar la farmacia sin perjudicar a herederos no farmacéuticos, habría que hacer un balance y valoración de todo el patrimonio del donante y calcular porcentajes de legítima estricta, que es inamovible, y adjudicar en testamento según voluntad del titular y respetando los derechos de los otros herederos.

Puede consultar más información de la legítima en nuestro artículo que trata sobre heredar una farmacia sin perjudicar los derechos de los herederos no farmacéuticos. También, le recomendamos que lea el artículo 807 del Código Civil, que trata sobre los herederos forzosos.

¿Cómo hacer para no perjudicar los derechos de herederos no farmacéuticos?

Hablando de derechos, existen varias opciones para donar la farmacia sin perjudicar a herederos no farmacéuticos:

Donar la farmacia en vida, puede ser a colación de la herencia o no

A colación significa que el valor de la farmacia se suma al resto de los bienes en el reparto de bienes de la herencia del  testador,  y de esta manera se hace un reparto equitativo con todos los herederos.

Si el valor de la farmacia es mayor al resto de bienes, el heredero que recibe la farmacia tendrá que compensar al resto.

Puede ocurrir, que no hay bienes suficientes y el bien mayor del donante es la farmacia,  por lo que finalmente el testador, se decida por  mejorar al heredero que recibe en vida la farmacia, eso si, respetando los derechos obligatorios de otros herederos, veámoslo con un ejemplo.

 

Quiero transmitir mi farmacia

 

No es a colación de la herencia

 

donar la farmacia herederos no farmacéuticos

Un ejemplo en que se mejora al hijo farmacéutico, siendo dos los herederos del testador:

En este caso, se entenderá que la donación ha sido hecha con intención de “mejorar” al beneficiario (siempre dentro de los límites de la porción disponible).

En este ejemplo el heredero farmacéutico puede recibir por donación inter-vivos o por testamento una vez falleciera el titular farmacéutico, sin perjudicar los derechos de los demás herederos no farmacéuticos.

El patrimonio total del titular es 900.000 €, de los cuales la farmacia se valora en 600.000 €.

En este ejemplo, si la voluntad del testador es dejar la farmacia a su heredero farmacéutico, podría hacer testamento adjudicando el tercio de mejora a este. Y parte del tercio de libre disposición.

Veamos cómo sería en este caso:

  • Patrimonio total del testador: 900.000 €.
  • El testador adjudica a su hijo farmacéutico en testamento además de la legitima obligatoria, el tercio de mejora.

 

1/3 de legítima estricta: 300.000 € a repartir entre los 2 hijos; al heredero farmacéutico le corresponden → 150.000 €

1/3 de mejora: 300.000 € se le adjudica por voluntad del testador solo al hijo farmacéutico; por lo que a este hijo farmacéutico le corresponden → 300.000 €

1/3 de libre disposición: 300.000 € que el testador asigna de la siguiente manera a sus hijos, al hijo farmacéutico → 150.000 € y al no farmacéutico →150.000 €

Total, de la partición de la herencia para el heredero farmacéutico → 600.000 €

A colación de la herencia

El hijo mejorado en vida mediante donación o en testamento, deberá compensar al heredero no farmacéutico .

  • Patrimonio total del testador: 900.000 €.
  • El titular farmacéutico ha donado en vida a su hijo la farmacia.

 

Valor de la farmacia. – 600.000 €

Otros bienes. – local+ vivienda. -300.000 €

Si la intención del titular es dejar por igual a sus herederos su patrimonio en este caso, donde existen dos herederos, la mitad el patrimonio del testador seria

900.000€/2 =450.000 € cada uno.

Si el hijo farmacéutico ha recibido en donación en vida la farmacia y esta vale 600.000 €, tendrá que compensar en testamento al otro heredero por la diferencia. Esto es:

Heredero no farmacéutico. – se le adjudican los otros bienes por 300.000 €

El hermano farmacéutico deberá compensar al hermano en 150.0000 € en metálico puesto que no existen más bienes .

Puedo mejorar al farmacéutico y compensar de otro modo que no sea mediante testamento al no farmacéutico

Pues quizá una formula sea la de donar la farmacia al no farmacéutico a fin de que este puede recibir las rentas del alquiler que pagará su hermano, a quien se donó la farmacia.

De esta manera, ambos herederos se podrán beneficiar de los rendimientos del negocio de farmacia.

Esto es una fórmula, pero realmente si el donante no quiere vincular de por vida a los hermanos en un negocio, existe la fórmula expresada al principio de donar a colación. De esta manera a la fecha del fallecimiento del donante, el hermano farmacéutico “mejorado” con la farmacia deberá compensar con otros bienes o en metálico el exceso recibido en vida de la herencia.

Sabemos que donar la farmacia sin perjudicar a herederos no farmacéuticos es mu complicado, por ello, si necesita asesoramiento a la hora de donar la farmacia sin perjudicar a herederos no farmacéuticos, no dude en ponerse en contacto con nosotros, nuestros equipo con amplia experiencia, le asesorará y acompañará en todo el proceso.

 

En Gómez Córdoba, somos especialistas en la compraventa de farmacias, por lo que, si usted tiene pensado comprar o vender su farmacia, no dude en contactar con nosotros.

 

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Rosa Gómez

Abogada especialista en farmacias

 

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