La importancia de los pagos a cuenta en farmacias

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Dentro de las obligaciones del empresario, que realiza una actividad profesional de tipo empresarial, ya sea autónomo o PYME, como es el caso del titular de farmacia, está la realización de pagos a cuenta del IRPF (impuesto sobre la renta de las personas físicas) regulados por la ley de IRPF.

En este artículo analizaremos la importancia de los pagos a cuenta en las farmacias y todo lo que debe saber el titular de farmacia para cumplir con la ley a fin de evitar posibles sanciones.

¿Qué son los pagos a cuenta?

Son pagos que obligatoriamente tiene que realizar el autónomo que realiza una actividad empresarial y no tiene retención en la emisión de su facturación, como es  la situación del farmacéutico.

Se trata de realizar el pago del impuesto del IRPF anticipadamente como cualquier otra persona que realiza actividad y genera unos rendimientos por el ejercicio de su actividad. De esta forma, el farmacéutico va realizando de forma anticipada a la liquidación total del impuesto, cada tres meses, el pago de la deuda tributaria.

¿Cuál es la cuantía de los pagos a cuenta?

Existe la obligación para el farmacéutico de ir ingresando a hacienda cada tres meses un porcentaje de su rendimiento neto, generalmente del 20%. Pudiendo ser este porcentaje voluntariamente incrementado en la autoliquidación, por quien realiza el pago a cuenta.

Rendimiento neto ¿Cómo se calcula?

El rendimiento neto se calcula por diferencia entre los ingresos íntegros y los gastos fiscalmente deducibles, aplicando los criterios fiscales de imputación, calificación y valoración.

Los pagos a cuenta tienen la particularidad de que se calculan desde el día 1 de enero, es decir que, por ejemplo, en el tercer trimestre calcularemos desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre el rendimiento neto, ingresando el 20% de los mismos, una vez descontados los pagos a cuenta realizados en los dos trimestres anteriores.

¿Cómo y cuándo se realizan estos pagos a cuenta?

Los pagos fraccionados del IRPF o pagos a cuenta se realizan a través de declaración trimestral de autoliquidación, mediante la presentación del modelo 130 de IRPF. Se presenta el día 20 del siguiente mes de cada fin de trimestre, es decir 20 abril, 20 julio, 20 octubre y para el último trimestre del año se amplía al 30 enero.

Titulares farmacéuticos: ¿Están obligados a presentar los pagos a cuenta?

Sí, porque los farmacéuticos son autónomos, personas físicas que ejercen una actividad empresarial, obligados a realizar el pago fraccionado, y que tributan por actividad económica mediante estimación directa normal o simplificada.

Los socios/comuneros/partícipes que desarrollen actividad a través de sociedades civiles y comunidades de bienes, situación que se da en algunas farmacias, también deben presentarlos y pagar en proporción a su participación en el beneficio.

¿Qué consecuencias puede tener la no presentación de los pagos a cuenta?

Si un farmacéutico no presenta los pagos a cuenta, existe la posibilidad de sanción en caso de inspección.

Sería el caso de infracción tributaria por dejar de ingresar la deuda tributaria que debiera resultar de una autoliquidación. Esta sanción pecuniaria es proporcional a la cantidad dejada de ingresar, esto es, entre el 50 y el 150 por ciento.

Los pagos a cuenta son un aspecto importante de la gestión de una farmacia. El titular está obligado a presentarlos y las consecuencias de no hacerlo pueden ser graves.

Si tiene alguna duda sobre los pagos a cuenta o cualquier otro tema relacionado con la contabilidad de una farmacia, no dude en contar con nuestros servicios. Somos especialistas en gestión de farmacias y estaremos encantados de ayudarle.

 

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Cristina Conde

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