Como consecuencia de las diversas crisis, especialmente la pandemia, muchos negocios se vieron en la obligación de cerrar su negocio dado que la situación económica les golpeó duramente.
En el caso de las farmacias, al ser de un sector esencial, el motivo de un cierre del local de farmacia puede ocurrir por distintas circunstancias como: desahucio, reestructuración del edificio, reforma del local, finalización del contrato de alquiler, etc. La farmacia debe cerrarse de forma temporal o definitiva hasta encontrar una nueva ubicación del negocio. Esto, conlleva tiempo de búsqueda del local de farmacia y autorizaciones administrativas de traslado que pueden prorrogarse como poco unos seis meses.
¿Qué es aconsejable hacer con los trabajadores ante un cierre del local de farmacia por traslado?
Sobre la conveniencia de un ERTE temporal o un despido objetivo. Veamos:
El ERTE es un procedimiento que posee cierta complejidad, ya que, además de los trámites correspondientes, la Ley establece un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores. En el caso de las farmacias suele ser directamente con los trabajadores y se precisa de la elaboración de una documentación exhaustiva que justifique la adopción de esta medida empresarial.
A través de un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) se propondría:
- Suspender los contratos de trabajo: Pasando el empleado a situación de desempleo durante un periodo de tiempo determinado, hasta que el traslado de la farmacia se lleve a cabo.
- Hay que tener en cuenta el coste de cotización de la farmacia durante el tiempo de suspensión de los contratos, que sería la cuota empresarial.
- Debe tenerse en cuenta el tiempo, pues el procedimiento de solicitud puede demorarse y mientras tanto el cobro de las prestaciones de los empleados queda en suspenso.
Dentro del procedimiento se incluye un período de consultas con los trabajadores (15 días), informando por escrito sobre las características del ERTE y periodo de inicio y fin del mismo.
Se debe llegar a un acuerdo con los trabajadores sobre las condiciones del mismo, y una vez aceptado por éstos, presentar toda la documentación en la Autoridad Laboral para que a su vez, sea trasladado al Servicio Público de Empleo y a la Inspección de Trabajo, y estudiado por estos organismos para dictar la resolución aceptando o no dicho ERTE.
En todo caso, el Servicio Público de Trabajo podría denegar la suspensión temporal, por considerar que no corresponde con una medida coyuntural clara y por tanto, podría no autorizar el cobro de las prestaciones de los trabajadores.
En nuestro caso esto es posible por no poderse precisar una temporalidad exacta respecto a la resolución de los expedientes de traslado, con lo que uno de los requisitos que es establecer un periodo de temporalidad de la suspensión, sería imposible de precisar.
Posibles situaciones frente al cierre del local de farmacia por traslado
Dependiendo de la causa que ocasiona el traslado de la farmacia, podríamos plantear una situación u otra:
- Si el traslado es por una causa de fuerza mayor. Por ejemplo, porque el edificio en el que está ubicada la farmacia está en un estado de riesgo de derrumbamiento, se podría plantear un ERTE, ya que es una exigencia que obliga al titular farmacéutico a abandonar el local con carácter urgente. Es un caso en el que la resolución del expediente por parte de la autoridad laboral podría ser favorable.
- Sin embargo, si el traslado es derivado de la finalización del contrato de alquiler, por ejemplo, en este caso, en el que no existe una causa económica clara, ni una causa de temporalidad, la autoridad laboral podría no resolver de forma favorable la solicitud de ERTE.
- Ante una situación de causas económicas, por las cuales la viabilidad de la farmacia no está en su mejor momento, y deja de pagar el alquiler del local terminando en desahucio, en estos casos, la opción más adecuada sería la de resolver los contratos de los trabajadores mediante despido por causas objetivas, con 20 días de indemnización.
Como conclusión, en caso de traslado aconsejamos:
La extinción del contrato mediante despido objetivo por causas económicas, productivas y organizativas para presentar la solicitud de la prestación por desempleo lo antes posible por parte de todos los trabajadores.
Además, en una situación del cierre del local de farmacia por traslado no siempre hay una garantía de continuidad de los contratos, pues la farmacia que se traslada empieza de nuevo en otra ubicación y circunstancias, con lo que no se puede asegurar la vuelta a la situación anterior y por ende, la continuidad de la contratación de todos y cada uno de los trabajadores. Por tanto, nuestra recomendación es llevar a cabo el despido.
Suele ocurrir que en esta situación de cierre de su negocio, el titular de farmacia no puede hacer frente a las indemnizaciones, por lo que se entregaría la carta de despido y se haría mención a la imposibilidad de pago por problemas de liquidez. Los trabajadores podrán reclamarlas vía judicial y llegado el caso, cobrar parte de Fogasa (Fondo de Garantía Salarial).
Si usted es titular y se encuentra en la situación de cierre del local de farmacia, le recomendamos que se ponga en contacto con nosotros. Nuestro equipo experto en asesoramiento laboral de farmacias, estudiará su caso en particular y le daremos la mejor solución.
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Nuria Bartolomé
Departamento Laboral