¿Qué sucede cuando el titular de una farmacia se ve obligado al cierre del local de farmacia, ya sea temporal o definitivamente? ¿Qué impacto tiene sobre el negocio, los empleados y la autorización sanitaria? En este artículo analizamos los motivos más frecuentes del cierre del local, cómo gestionarlo de acuerdo con la normativa farmacéutica y laboral, y qué pasos tomar para mitigar sus efectos.
Cerrar el local de una farmacia no significa detener la actividad sanitaria de forma automática. Es necesario tramitar el cierre ante la autoridad sanitaria, gestionar al personal, valorar la licencia, considerar el traslado o una futura reapertura y prever las consecuencias de una inactividad prolongada (más de dos años puede implicar la caducidad de la autorización). Anticiparse a estos pasos permite evitar sanciones, pérdidas económicas y complicaciones legales.
En el caso de las farmacias, al tratarse de un sector esencial, el cierre del local puede deberse a múltiples circunstancias: desahucio, reforma del edificio, daños estructurales, finalización del contrato de alquiler o la necesidad de buscar una nueva ubicación. El procedimiento suele implicar una suspensión temporal del servicio farmacéutico y la tramitación de autorizaciones de traslado que, en algunos casos, pueden prolongarse hasta seis meses.
¿Qué es aconsejable hacer con los trabajadores ante un cierre del local de farmacia por traslado?
Sobre la conveniencia de un ERTE temporal o un despido objetivo, conviene valorar lo siguiente:
El ERTE es un procedimiento con cierta complejidad que requiere justificación documental y un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores. En el ámbito farmacéutico este proceso incide directamente en la relación con el personal, por lo que debe prepararse con rigor.
Mediante un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) puede:
- Suspender los contratos de trabajo, colocando al empleado en situación de desempleo durante el periodo necesario hasta la reapertura o traslado del local.
- Tener en cuenta el coste de cotización de la farmacia mientras los contratos se encuentran suspendidos.
- Considerar que el procedimiento puede alargarse y que, mientras tanto, el cobro de las prestaciones de los empleados queda en suspenso.
Dentro del procedimiento se incluye un período de consultas con los trabajadores (15 días), informando por escrito sobre las características del ERTE y periodo de inicio y fin del mismo.
Se debe llegar a un acuerdo con los trabajadores sobre las condiciones del mismo, y una vez aceptado por éstos, presentar toda la documentación en la Autoridad Laboral para que a su vez, sea trasladado al Servicio Público de Empleo y a la Inspección de Trabajo, y estudiado por estos organismos para dictar la resolución aceptando o no dicho ERTE.
En todo caso, el Servicio Público de Trabajo podría denegar la suspensión temporal, por considerar que no corresponde con una medida coyuntural clara y por tanto, podría no autorizar el cobro de las prestaciones de los trabajadores.
En nuestro caso esto es posible por no poderse precisar una temporalidad exacta respecto a la resolución de los expedientes de traslado, con lo que uno de los requisitos que es establecer un periodo de temporalidad de la suspensión, sería imposible de precisar.
¿Se encuentra en una situación similar y no sabe cómo debe actuar? No se preocupe, contacte con nosotros y nuestros expertos le ayudaran a gestionar y solventar la situación de la mejor manera posible.

Posibles situaciones frente al cierre del local de farmacia por traslado
Dependiendo de la causa que ocasiona el traslado de la farmacia, podríamos plantear una situación u otra:
- Si el traslado es por una causa de fuerza mayor. Por ejemplo, porque el edificio en el que está ubicada la farmacia está en un estado de riesgo de derrumbamiento, se podría plantear un ERTE, ya que es una exigencia que obliga al titular farmacéutico a abandonar el local con carácter urgente. Es un caso en el que la resolución del expediente por parte de la autoridad laboral podría ser favorable.
- Sin embargo, si el traslado es derivado de la finalización del contrato de alquiler, por ejemplo, en este caso, en el que no existe una causa económica clara, ni una causa de temporalidad, la autoridad laboral podría no resolver de forma favorable la solicitud de ERTE.
- Ante una situación de causas económicas, por las cuales la viabilidad de la farmacia no está en su mejor momento, y deja de pagar el alquiler del local terminando en desahucio, en estos casos, la opción más adecuada sería la de resolver los contratos de los trabajadores mediante despido por causas objetivas, con 20 días de indemnización.
Como conclusión, en caso de traslado aconsejamos:
La extinción del contrato mediante despido objetivo por causas económicas, productivas y organizativas para presentar la solicitud de la prestación por desempleo lo antes posible por parte de todos los trabajadores.
Además, en una situación del cierre del local de farmacia por traslado no siempre hay una garantía de continuidad de los contratos, pues la farmacia que se traslada empieza de nuevo en otra ubicación y circunstancias, con lo que no se puede asegurar la vuelta a la situación anterior y por ende, la continuidad de la contratación de todos y cada uno de los trabajadores. Por tanto, nuestra recomendación es llevar a cabo el despido.
Suele ocurrir que en esta situación de cierre de su negocio, el titular de farmacia no puede hacer frente a las indemnizaciones, por lo que se entregaría la carta de despido y se haría mención a la imposibilidad de pago por problemas de liquidez. Los trabajadores podrán reclamarlas vía judicial y llegado el caso, cobrar parte de Fogasa (Fondo de Garantía Salarial).
Si usted es titular y se encuentra en la situación de cierre del local de farmacia, como asesoría de oficinas de farmacias, le recomendamos que se ponga en contacto con nosotros. Nuestro equipo experto en asesoramiento laboral de farmacias, estudiará su caso en particular y le daremos la mejor solución.

Preguntas y respuestas frecuentes sobre el cierre del local de farmacia
¿Cuánto tiempo puede estar cerrada una farmacia sin perder la licencia?
La autorización puede mantenerse hasta dos años de inactividad, siempre que el cierre esté comunicado y autorizado. Superado ese plazo, la licencia puede caducar.
¿Qué trámites debo realizar si el local de mi farmacia está obligado a cerrar por obra mayor?
Debe notificar el cierre a la autoridad sanitaria, justificar la causa, solicitar autorización temporal y, si procede, gestionar un traslado provisional.
¿Puedo mantener la licencia abierta, aunque cierre el local y urja un traslado?
Sí, siempre que exista autorización de cierre temporal y se tramite la solicitud de traslado conforme a la normativa autonómica.
¿Qué pasa con el stock y tratamientos pendientes al cerrar una farmacia?
El stock debe inventariarse y almacenarse conforme a las condiciones sanitarias. En tratamientos pendientes, debe garantizarse la continuidad asistencial, ya sea mediante coordinación con otra farmacia o con la autoridad sanitaria.
¿Cómo informar al colegio de farmacéuticos y a la autoridad sanitaria del cierre del local?
Debe comunicarse mediante escrito formal, aportando causa del cierre, fechas previstas y documentación requerida. El colegio y la autoridad sanitaria registrarán la notificación y activarán los procedimientos correspondientes.






