Traspaso de una farmacia: ¿Cuánto tiempo esperar?

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Períodos de permanencia para el traspaso de una farmacia según la Ley de Ordenación Farmacéutica

 

Por norma general, para el traspaso de una farmacia, ésta, debe haber permanecido abierta al público y mantenido la misma titularidad o cotitularidad durante un mínimo de años. De acuerdo a la ley, la gran mayoría de las comunidades exige un plazo mínimo a excepción de Navarra donde no se establece un tiempo de permanencia. Los períodos de espera* para la primera transmisión desde la nueva apertura son:

  • 3 años: Madrid, Castilla y León, Castilla La Mancha, Murcia, Aragón, La Rioja, País Vasco, Baleares.
  • 5 años: Andalucía. Conozca en Gómez Córdoba más detalles sobre el traspaso de una farmacia en Andalucía.
  • 6 años: Asturias, Cantabria y Cataluña.
  • 10 años: Castilla y León, Comunidad Valenciana y Canarias.
  • 15 años: Galicia. Con la nueva reforma, “la transmisión de las oficinas de farmacia adjudicadas por el procedimiento de concurso público solo podrá llevarse a cabo cuando llevasen abiertas al público un mínimo de quince años, a contar desde la fecha de la autorización de funcionamiento”. Con este cambio se ha ampliado en 12 años el plazo de transmisión de farmacias ya que, el periodo de traspaso era de tres años desde su apertura.

En el caso de segundas y posteriores transmisiones, los plazos de espera* son:

  • 3 años: Castilla La Mancha con el mismo titular.
  • 6 años: Asturias con el mismo titular.
  • Cataluña: en cualquier momento (siempre y cuando haya estado abierta al público un mínimo de 6 años, independientemente de la titularidad)
  • Comunidad Valenciana: en cualquier momento (siempre y cuando haya estado abierta al público un mínimo de 10 años, independientemente de la titularidad)
  • Galicia: 3 años con el mismo titular.
  • Madrid: en cualquier momento (siempre y cuando haya estado abierta al público un mínimo de tres años – independientemente de la titularidad.
  • Murcia: 3 años con el mismo titular.

 

*Excepto en casos de venta por fallecimiento, jubilación o incapacidad.

Si tiene alguna consulta específica, no dude en comentarnos u contactarnos.

 

 

 

 

 

 

Concha Romero

Departamento Comercial

 

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