Diciembre se acaba y todos estamos pensando en las fiestas. Pero al mismo tiempo, miramos con interés hacia el nuevo año. ¿Qué nos deparará 2019? En Gómez Córdoba | Abogados de Farmacia sabemos que una de las cuestiones que más inquieta a nuestro sector es la de los salarios y, por eso, en este artículo les hablaremos de la subida salarial en farmacias para 2019.
¿Qué contiene este post?
En cuanto a salarios, la mayor novedad es, precisamente, que no hay novedad. En el artículo que publicamos hace ahora un año sobre este mismo tema, ya hablamos de que las oficinas de farmacia se encontraban entre un convenio caducado y otro sin aprobar.
El XXIV Convenio de oficinas de farmacia caducó el 1 de enero de 2017, y el XXV, que debía tener vigencia entre 2017-2019, a día de hoy sigue como el año pasado: está aprobado pero aún no ha entrado en vigor, pues no se ha publicado en el BOE debido a un recurso que el Tribunal Supremo aún no ha resuelto.
Así pues, en este impasse es el XXIV convenio el que sigue prorrogado. Como indica este en su artículo 3.4:
Denunciado el Convenio, en tanto no se llegue a un acuerdo expreso sobre el nuevo, se entenderá que su contenido normativo se prorroga automáticamente, incrementándose anualmente, en el mes de enero, los conceptos salariales incluidos en las tablas de retribuciones a cuenta del nuevo Convenio Colectivo en un 2 por 100 en el caso de que el PIB del año anterior hubiera aumentado más del 1 por 100.
Aún no hay datos firmes, pues todavía no ha terminado el año, pero el último dato del Instituto Nacional de Estadística estima que la variación interanual del PIB será del 2,5%. Por lo tanto, teniendo en cuenta el convenio vigente, la subida salarial en farmacias para 2019 debería producirse.
Teniendo en cuenta que se debe añadir un incremento del 2% a los aplicados en años anteriores, la subida salarial en farmacias para 2019 quedaría de la siguiente forma:
Esto dice el artículo 32.4 del XXIV Convenio -el vigente a día de hoy-:
Las revisiones anuales y los abonos en nómina se llevarán a cabo dentro del primer mes de cada año, excepto en el año 2014, en que los atrasos se harán efectivos en los recibos de salarios del mes siguiente al de la publicación de este Convenio Colectivo en el BOE.
Es decir, los ajustes del cuadro superior deberán realizarse en enero de 2019. No existe un argumento legal válido para retrasar el incremento salarial hasta la publicación del nuevo convenio.
De aprobarse el XXV Convenio habría que ajustar la subida a lo que contempla este que, según su artículo 32.3, sería de un 1,5%.
¿Y cómo se ajustaría ese hipotético 0,5% de diferencia respecto al 2% vigente ahora mismo? Eso aún está por ver. En cualquier caso, entendemos que hacer conjeturas sobre este asunto solo conduciría a generar mayor confusión.
Lo que suceda, se lo contaremos y explicaremos en este blog. Para cualquier duda, en Gómez Córdoba estamos a su disposición. Ya sabe que llevamos más de 50 años siendo especialistas en farmacias, podemos ayudarle con cualquier cuestión relacionada, ya sea fiscal, laboral, jurídica, contabilidad o compraventa. No dude en contactar con nosotros.
14 Comments
Hola. Los pluses (plus de adjunto) se cuenta también para la paga extra?
Hola María, gracias por tu pregunta. No, los pluses de adjunto no se tienen en cuenta para las pagas extra.
Un saludo.
En la paga extraordinaria de Junio y Diciembre se deberían contemplar la subida de convenio? a mi me pagaron en 2018 1763.61 y me quitaron el IRPF correspondiente….yo creo que me están pagando menos.
Saludos
Hola Carmen, gracias por su pregunta. Parece que en ese caso no se está aplicando la subida según convenio.
Puede solicitar una consulta detallada de este tipo, tienen un coste de 85€ (IVA incluido). Escríbanos con su duda y su teléfono a gomezcordoba@gomezcordoba.com y nos pondremos en contacto con usted a la mayor brevedad posible.
Muchas gracias. Un saludo.
Hola me gustaría saber cuantos días me corresponden por lactancia después de la baja maternal de 16 semanas.
Muchas gracias
Hola Rocío, gracias por tu pregunta. Los días por lactancia son un total de 21.
Un saludo
Hola, yo soy auxiliar de farmacia, podría pasar a ser técnico de farmacia si antes he realizado un fp de grado medio similar?
Hola Alberto, gracias por tu pregunta. Obtener la titulación de técnico de farmacia es condición sine qua non para poder ejercer como tal, pero esto no quiere decir que por tener el título tu categoría salarial vaya a subir automáticamente de auxiliar a técnico. Para eso tendrán que contratarte expresamente como técnico, evidentemente.
Muchas gracias. Un saludo.
Buenos días
Tengo el título de técnico de farmacia y llevo dos años y medio trabajando. Me contrataron como auxiliar. Puedo reclamar la subida de categoría?
Gcs
Hola Ana, gracias por tu pregunta. Tener el título de técnico de farmacia te posibilita que te contraten como tal, pero el hecho de subir de categoría queda a criterio del titular.
Un saludo.
Buenas tardes,
No entiendo la forma de calcular el salario base de 2018. Si en 2016 era de 1763, 61€, dos incrementos sucesivos del 2% resultan en 1834,86€.
Gracias por adelantado y un saludo
Hola Pedro. Gracias por el apunte, había un baile de cifras entre el 3 y el 4. Ya está corregido. Saludos.
Buenas tardes.
Estoy contratada como farmacéutica adjunta y en mi última nómina he observado que me han pagado el sueldo base de 2017 y el plus de adjuntía de 2016. ¿Qué posibilidades tengo de reclamar, teniendo en cuenta que es una sustitución de unos meses? Se lo comenté a la titular y me pidió las tablas salariales con las subidas vigentes. Gracias.
Hola Nuria, gracias por su pregunta.
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