El tiempo pasa volando, ¿no creen? Ya está bien entrado el segundo mes del año y nos faltaba por abordar una cuestión que, cada año, suscita mayor interés: la subida salarial en farmacias para 2021. Desde Gómez Córdoba, dedicada entre otros servicios a la venta de farmacias, lo hacemos como siempre en este artículo específico en el que intentaremos resolver las dudas más comunes.
¿Procede la subida salarial en farmacias para 2021?
Como saben, porque lo venimos explicando desde varios años y ya lo señalábamos en la subida salarial en farmacias para 2020, el sector farmacéutico se encuentra aun rigiéndose por el XXIV Convenio Colectivo de Oficinas de Farmacia. El XXV, que debía haber tenido vigencia de 2017 a 2019; sigue sin entrar en vigor debido a un proceso de judicialización que aún no ha finalizado.
En este sentido, el convenio vigente, el XXIV, contempla en su artículo 3.4, una subida del 2% de los salarios en farmacia en el caso de que el PIB del año anterior hubiera aumentado más del 1%.
No obstante, el PIB de 2020 finalmente ha resultado negativo, por debajo del 1% (-11%) y, por tanto, no es obligatorio aplicar una subida salarial en farmacias para 2021; al contrario de lo que ha venido ocurriendo en años anteriores.
Por supuesto. El titular de farmacia, lógicamente, puede aplicar la subida que considere oportuna a pesar de no estar obligado a hacerlo.
¿Qué ocurre si no he recibido el aumento de salario correspondientes a años anteriores?
Como venimos contando, este año no es obligatoria la subida de salarios en farmacia. No obstante, sí ha sido obligatoria esta subida de salarios en los años 2017, 2018, 2019 y 2020 en los que a pesar de no haber entrado en vigor el nuevo Convenio, el sector farmacéutico continuaba rigiéndose por el XXIV. Y por tanto, al haber sido el PIB de los años anteriores a estos mayor a 1%, procedía la subida de un 2% cada año.
Sin embargo, hay trabajadores de farmacia que aún no han percibido dichas subidas o lo han hecho de forma parcial y no completa. En este caso, los trabajadores podrían reclamar los atrasos correspondientes.
¿Cuándo entrará en vigor el nuevo convenio?
Con fecha 15 de noviembre el BOE, ha publicado la actualización de la tabla salarial 2021.
¿Tiene dudas? ¿Necesita nuestra ayuda?
En Gómez Córdoba llevamos más de 50 años dedicándonos a la asesoría integral de las farmacias. Le ayudamos con cualquier cuestión laboral, pero también fiscal, jurídica, contabilidad o compraventa. No dude en contactar con nosotros.
Nuria Bartolomé
Departamento Laboral Gómez Córdoba
Buenas tardes Nuria,
En cuanto al aumento salarial, entiendo que no es obligatorio ahora mismo, pero cuándo lo va a ser?
Y habrá que hacerlo de golpe o progresivamente?
Saludos!
Hola María José.
Ahora mismo no es obligatorio porque el PIB ha quedado por debajo del 1% y según el XXIV convenio que es el que sigue vigente, no existiría dicha obligación. Sobre cuándo será obligatorio, cuando quede acordado y publicado nuevo convenio, con nuevas tablas salariales negociadas para este año 2021 y hayan establecido en las mismas que haya subida. En ese mismo convenio, se establecería la obligación de regularizar el salario mediante el pago de atrasos y será el propio convenio el que establezca también la forma de llevarlo a cabo. Por lo tanto, a la fecha, desconocemos de cuándo se llegará a acuerdo sobre el nuevo convenio, si llevará subida para las tablas salariales de 2021 y en caso de que sí la haya, cómo se establecerá el pago de atrasos.
Gracias por escribirnos.
Un saludo
Hola!!! Tengo una duda… soy técnico en farmacia y llevo trabajando en la misma farmacia 5 años, hace unos días mi jefa transpuso la farmacia, se que mi contrato no estaba bien porque me tenía como auxiliar y soy técnico mís jefas me van a poner como corresponden, mi pregunta es… yo puedo reclamar lo que no me a pagado como técnico ? Gracias
Hola Ana,
Gracias por escribirnos. Al tratarse de una consulta tan personalizada, por favor cobntáctese en el número 914579745 y solicite un presupuesto para orientarla de acuerdo a su situación.
Un saludo,
Buenas. Mi farmacia cambio de dueños en 2019. Los dueños nuevos nos pagan la subida del 2019 y 2020. Dicen que lo del 2017 y 2018 que les corresponde a los antiguos titulares. Es así? O les corresponde a ellos? Un saludo y gracias
Hola Santiago;
Los atrasos corresponderían al antiguo titular, a el se le deben reclamar, y en todo caso si este no lo hace, el nuevo titular responde solidariamente del mismo.
Lo que si esta obligado el nuevo titular es a actualizar los sueldos según las tablas actuales, que salieron en noviembre del 2021. Le remitimos a un articulo sobre el tema
https://gomezcordoba.com/lo-nuevo-tabla-salarial-farmacia-2021/
¿Un técnico de farmacia y un auxiliar de farmacia cobran lo mismo este año?
¿O cobra más un técnico de farmacia?
Buenos días Estela:
El salario de técnico de farmacia está por encima del salario del auxiliar.
Salario Técnico: 1.294,15€ actualizado según convenio ( 14 pagas) Salario Auxiliar: 1.176,84€ actualizado según convenio ( 14 pagas)
Es una categoría que está en un nivel salarial más alto porque un técnico de farmacia requiere tener un grado medio de formación, mientras que para auxiliar no se requiere nada.
Un saludo,
Buenos días, es normal que lo que cobro en las extras sea inferior al salario base? En mi trabajo no nos dan las nóminas por más que las pidamos y no puedo ver los datos.
Muchas gracias
Buenas tardes Milagro, habría que saber si en su caso tiene categoría de farmacéutica, porque en ese caso efectivamente las pagas extras son de menor importe porque en ellas no se incluye el plus de adjuntía. Por otro lado, si es menor que el salario base, también puede ser debido a varias cosas:
– Que no haya devengado la paga extra completa, porque ahora la de verano va desde el 1 de julio de 2020 al 30 de junio de 2021, entonces si se ha incorporado a la farmacia más tarde del 1 de julio del año pasado, no tiene derecho a percibirla completa, solo la parte proporcional.
– También puede ser que en ese periodo de devengo haya tenido algún absentismo injustificado, que se descuenta, que haya tenido una baja de maternidad/paternidad (porque la parte de la paga extra ya se incluye en el pago que reciben de la seguridad social cuando están cobrando dicha prestación), porque haya tenido alguna otra baja médica que no haya tenido hospitalización, por la cual igualmente se haya aplicado el descuento.
Un saludo,
Hola, soy técnico de farmacia, según convenio el salario de Técnico son 1.294,15€ y 14 pagas. Yo estoy contratada como técnico a 28 horas semanales y estoy cobrando 744,45€ y solo tengo 12 pagas… ¿Puede ser por que soy de Barcelona? Espero vuestra respuesta, muchas gracias.
Buenos días Alexandra:
Le recomendamos leer el siguiente artículo para aclarar sus dudas: https://gomezcordoba.com/salarios-nominas-farmacia/
Un saludo,
Si ya traspasé mi farmacia en Diciembre del 2020, y ya cese en mi actividad como autónomo y ya no puedo emitir nóminas estoy obligado a pagar los atrasos del Convenio a mis antiguos empleados. ???
Buenas tardes Antonio, por favor para una asesoría personalizada contáctese con el número 91 457 97 45 o también puede escribir al correo gomezcordoba@gomezcordoba.com
Aquí le indicarán presupuesto y cita.
Un saludo y que tenga buen día.
Hola,mi nombre es Antonio,llevo 25año trabajando en la misma oficina de farmacia,en el nuevo convenio,se puede recuperar la antigüedad
Buenos días Antonio:
Entiendo que si llevas 25 años en la farmacia estará cobrando el plus de antigüedad el cual lo tiene consolidado, entendemos que si en el nuevo convenio cuando salga publicado y dicho plus desaparece las personas que lo tengas consolidado lo seguirán cobrando.
Aquellos que ya percibían ese complemento por antigüedad pasarían entonces a percibir un complemento ad personam. Este complemento consistía básicamente en conservar esa cantidad. Y actualmente eses concepto lo debería tener en la nómina como complemento de garantía.
Fue en el Convenio Colectivo de Oficinas de Farmacia 2000-2002 cuando el complemento salarial por antigüedad desaparece. En su artículo 30, el acuerdo establecía como fecha de extinción el 1 de julio de 2000.
Un saludo
Buenas tardes Nuria, quisiera saber si la paga de beneficios este año la cobraremos, hemos oído que la han quitado. Es cierto??
Muchas gracias
Hola Isabel.
La paga de beneficios desapareció cuando se publicó el XXIV convenio de oficinas de farmacia (laudo arbitral para oficinas de farmacia), mediante el cual en el articulo 36 de pagas extras se establecía que la tercera paga extraordinaria quedaba prorrateada en las 14 pagas según la tabla de retribuciones que se publicó en su anexo I, y esto es desde su publicación en el BOE el 8 de mayo de 2014.
Gracias por escribirnos-
Un saludo
Un farmaceutico cobra por desplazamiento, a partir de que distancia, lo pone en el convenio? Gracias
Buenas noches
Tengo un problema sobre mi salario como farmacéutica adjunta
Hola Fatima, si necesita de nuestra asesoría por favor escríbanos a gomezcordoba@gomezcordoba.com o también puede contactarnos directamente al número 914579745
Buenas noches, he reclamado los atrasos a mi antigua farmacia desde 2017- 2020 vía correo electrónico y no he obtenido ninguna contestación, debería mandar un burofax?
Otra duda, si no me los han pagado para el 15 de diciembre me tendrían que pagar más por cada día que se demore?
Muchas gracias y un saludo
Buenas tardes Fatima, por favor para una asesoría personalizada contáctese con el número 91 457 97 45 o también puede escribir al correo gomezcordoba@gomezcordoba.com
Aquí le indicarán presupuesto y cita.
Un saludo y que tenga buen día.
Buenas tardes, quisiera saber en cuanto queda el salario integral en diario en Colombia y su horario , de un Auxiliar de Servicios Farmacéuticos ? muchas gracias
Hola Sandra, muchas gracias por escribirnos. Nuestra gestión está circunscrita a España que es donde se encuentran nuestras oficinas. No tenemos información en relación a la legislación farmacéutica de Colombia.
Buenas tardes. He comenzado a trabajar en una farmacia de nueva apertura como farmacéutica adjunta y el sueldo base de mi nómina es el que corresponde al convenio XXVI de 2016, ¿esto sería lo correcto? Es que la en la farmacia en la que estuve anteriormente cobraba casi 400 euros más. Gracias.
Buenos días Esperanza,
Los salarios deben ser los publicados en la tabla de retribuciones para el año 2016 del XXIV Convenio Colectivo para Oficinas de Farmacias; pero teniendo en cuenta que el mismo, en su artículo 3.4, recoge una subida, a cuenta del nuevo convenio, del 2% anual cada año que el PIB del año anterior hubiera sido superior al 1% (hecho que ha ocurrido en 2017, 2018 y 2019).
Es decir, al salario de 2016, se le debe haber aplicado una subida del 2 % el año 2017, una subida del 2% el año 2018 y, por último, una subida del 2% el año 2019.
Un saludo,
Buenas tardes, me gustaría conocer como tendré que reclamar ese dinero. Ya no estoy en la farmacia en la que llevo trabajando desde mediados del 2017. Gracias.
Hola Sagrario:
Sólo se puede reclamar las cantidades correspondientes al año anterior, si no le han pagado los salarios actualizados. Tendría que interponer papeleta de conciliación por reclamación de cantidades en el SMAC ( Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación). Es decir, solo se podría presentar reclamación desde los salarios de mayo de 2020, todo lo anterior ya no podría reclamarse. Tendría que ver si le compensa al no estar actualmente ya en la farmacia y ver cuántos meses podría reclamar.
Un saludo,
Hola, es decir en el año 2021 y con el convenio XXIV, un técnico de farmacia debería cobrar 1294,15 ?debido a las subidas del PIB o 1195,59 ? Gracias
Buenos días Estefanía:
El salario de técnico para 2021 es 1294,15€ con los incrementos salariales que se han ido produciendo en 2017, 2018, 2019 y 2020, ya que en 2021 no se ha aplicado subida por no cumplir requisitos al quedar el dato del PIB por debajo del 1%. El importe de 1.195,19€ es el salario de las tablas salariales de 2016 para un técnico, que son las últimas tablas publicadas, pero sobre ese importe se tendría que haber ido aplicando los correspondientes incrementos.
Un saludo,
Hola, he contactado con el colegio de farmacéuticos de mi provincia y según ellos basándose en el art.59 del estatuto de los trabajadores queda a criterio del titular aplicar la subida o no. ¿Eso es cierto? Como el Supremo ha anulado el convenio XXV no se como pedir la actualización de mi salario, gracias
Buenos días Patricia:
Efectivamente, el convenio que actualmente está en vigor es el XXIV y en su artículo 3.4 se establece que en tanto no se llegue a un acuerdo expreso sobre un nuevo convenio, se ha de incrementar anualmente, en el mes de enero, los conceptos salariales en un 2% siempre que el dato del PIB del año anterior quede por encima del 1%. El artículo 59 del ET no tiene relación directa con ello, habla de prescripción y caducidad, y en todo caso, y si el titular decide no aplicar dicho incremento cuando corresponde, lo que se puede hacer es una reclamación de cantidades, que prescriben al año. Esa sería la forma para solicitar una actualización de salarios, presentando una reclamación en el SMAC ( Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación).
Si necesita una asesoría personalizada por favor comuníquese al 914579745 o escribanos su consulta en: https://gomezcordoba.com/contacto-compraventa-farmacia/
Un saludo,
Buenos días.
Llevo 11 años en la misma farmacia y desde hace unos años no me han subido el sueldo. Cómo puedo solicitar esos atrasos y a quien se los debo de pedir?? Se puede negar el farmacéutico a darme esos atrasos?
Gracias
Buenas tardes Judit, por favor para una asesoría personalizada contáctese con el número 91 457 97 45 o también puede escribir al correo gomezcordoba@gomezcordoba.com
Aquí le indicarán presupuesto y cita.
Un saludo y que tenga buen día.
Buenos días,
No me queda muy claro, ¿cuál sería el salario neto para un farmacéutico en 2021? lo que sería pagar por convenio… porque entiendo que no tienen por qué pagarte el plus de adjunto, ¿verdad?
Muchas gracias, un saludo.
Buenos días Clara:
El salario neto de un farmacéutico adjunto que trabaja a jornada completa dependerá de la situación personal del trabajador, de si está casado, hijos, hipotecas, una nómina de un farmacéutico cuya situación personal es soltero, no tiene hijos y sin hipotecas percibe un salario neto de 1535,20€ de acuerdo con lo estipulado en el convenio, en el cual ya va incluido el plus de adjunto.
El personal facultativo tendrá derecho al plus correspondiente a su subgrupo profesional, según figura en las correspondientes tablas de retribuciones del anexo 1 del presente convenio.
Un saludo,
Hola, tengo varias dudas. A ver si podéis aclararmelas ☺️
Que funciones tiene un dependiente de tienda/asistente en una farmacia y que salario se le aplica.
Voy hacer esta semana una entrevista en una farmacia, Yo soy técnico de enfermería, así que conocimientos previos tengo. Gracias. Un saludo!!
Buenas tardes,
Si no se ha realizado la subida salarial desde 2017, cuando se apruebe el nuevo convenio ¿tendrán que pagar todos los atrasos o el titular puede negarse a hacerlo? Entiendo que con el nuevo convenio aprobado, el salario de ese año tendrá ya en cuenta las subidas de los años anteriores aún estando el convenio XIV caducado, ¿No?
Gracias de antemano!
Según nos indica el titular su asesoría (asociada a una cooperativa) le ha informado que los atrasos no está obligado a pagarlos por ley, aunque él nos ha comunicado que lo hará. Hace más de un año que se lo solicitamos vía mail y ha habido un par de cambios de asesoría hasta esta última. Sería válido para reclamar desde la fecha del correo electrónico en el caso que hiciera falta?
Buenos días Alejandra:
Según el artículo 3 del 24 convenio de farmacias, se han de aplicar los incrementos salariales correspondientes desde 2017 hasta 2020, normalmente viene recogido en un concepto a cuenta convenio. Si no se ha venido haciéndolo, una vez se publiquen nuevas tablas salariales, se deberían de abonar los atrasos salariales en relación a los incrementos que no se hayan ido aplicando, pero en caso de que no se lleve a cabo, se podrá reclamar vía judicial. Las reclamaciones de cantidades son en relación al año anterior, llegado el caso, tendríamos que ver cómo se plantea todo este tema en el propio convenio nuevo que se publique. El hecho de tener una comunicación vía mail, no compromete a nada. Esperamos que nuestra respuesta sea de vuestra ayuda.
Un saludo,
Buenas tardes. En relación a lo que comenta me gustaría hacerle una pregunta, en el año 2021 el sueldo base debería ser 1.294,15€ en el caso de Tecnico o 1.195,59€ más otro apartado concepto a cuenta de convenio? Ha quedado en pagarnos los atrasos de estos años como “a cuenta convenio” pero en este año 2021 cual debería ser mi salario base?
Muchas gracias
Buenos días Eva,
En 2021 su salario debería estar configurado de esta manera :
SALARIO BASE: 1195,59 € y el resto en un concepto A CTA. CONVENIO de 98,56 €. Esto es debido a que como no hay nuevo convenio aprobado las subidas desde 2017 no se han podido consolidar como SALARIO BASE.
Aparte de esto deberían abonarle los atrasos de salario que no ha percibido desde 2017, que debería ser en un concepto de atrasos en vez de a cta. Convenio.
Esperamos haberle resuelto la duda.
Buenos dias, yo soy auxiliar diplomada
Llevo 16 años trabajando en farmacia, me quedan 4 años y medio para jubilarme.
Estoy cobrando estos últimos años a cuenta de convenio, que pasa con los atrasos si me llego a jubilar y no hay convenio nuevo..?
Gracias por atenderme.Un saludo
Buenos días Margarita:
Si está cobrando a cuenta convenio, significa que le están pagando con las subidas salariales que recoge el artículo 3.4 del convenio colectivo de Oficinas de Farmacia (ultraactividad en materia salarial a falta de convenio colectivo nuevo aprobado), con lo que no habría atrasos.
En cualquier caso, si hubiera atrasos, estos se pueden reclamar a través de una actuación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de la localidad en la que la farmacia esté situada.
Un saludo,
Buenas tardes. Como técnico en farmacia y haciendo una semana en horario nocturno , debería cobrar un plus de nocturnidad, al reclamarlo me dicen que va incluido en un a cuenta convenio que aparece en la nomina, eso es así? Pueden incluirlo en ese concepto. Después de un tiempo deje de hacer noches y no me quitaron ese a cuenta convenio, ahora me lo reclaman porque decían que era lo correspondiente al plus de nocturnidad. Espero me podáis ayudar. Muchas gracias
Buenas tardes Nuria.
Soy farmacéutica y en mi caso me están aplicando la subida salarial correspondiente de los años 2019 y 2020 , sin embargo las del 2017 y 2018 no. Supuestamente dicen que cuando se apruebe el XXV convenio pagarán con carácter retroactivo las subidas de esos dos años.
¿Esto se puede hacer? o después de que se apruebe ¿pueden sacarse un as bajo la manga para no pagarnos eso?.
Y suponiendo que cuando aprueben el convenio, si estuviera en otra farmacia ¿se lo podría reclamar?.
Muchas gracias
Me gustaría saber el precio de una hora extra diurna en técnico de farmacia, en 2021.
Gracias.
Buenas tardes Marta:
Este artículo podría responder a su pregunta: https://gomezcordoba.com/horas-complementarias-extraordinarias-farmacia/
Para una consulta personalizada por favor solicite presupuesto en el número 914579745.
Un saludo y que tenga buen día.
buenas tardes!!
querría saber el sueldo neto de un Técnico de Farmacia. Y por mi experiencia de 16 años, en Farmacia son 15 pagas, al menos yo siempre he tenido 15, (navidad, beneficios y verano)
Buenas tardes Laura,
Este artículo podría responder a su pregunta: https://gomezcordoba.com/salarios-nominas-farmacia/
Para una consulta personalizada por favor solicite presupuesto en el número 914579745.
Un saludo y que tenga buen día.
Buenos días Nuria, me surge la duda de cuando termina el plazo para cotizar los atrasos que se han de pagar a raiz de la Sentencia del TS, Dudo si teniamos plazo hasta el ultimo día del mes siguiente a la publicacion de la Sentencia o bien aún estamos en plazo para no pagar recargo.
Muchas gracias de antemano.
Buenas tardes Ana,
Gracias por escribirnos. Al tratarse de una consulta tan personalizada, por favor solicite presupuesto en el número 914579745.
Un saludo,
SI COMO FARMACEUTICO ADJUNTO, SUSTITUYO 15 DÍAS AL TITULAR Y DUEÑO DE LA FARMACIA POR VACACIONES.
QUE IMPORTE COBRARE ADEMÁS DE LA ADJUNTÍA??? EL MISMO IMPORTE PERO AÑADIDO??
Buenas tardes M Carmen,
Gracias por escribirnos. Al tratarse de una consulta tan personalizada, por favor solicite presupuesto en el número 914579745.
Un saludo,
Quería preguntarles si a los distintos pluses de un facultativo (adjunto, sustituto, etc.) también se les aplica el incremento del 2% anual, igual que al salario base, siempre que el PIB se haya incrementado más del 1%.
Muchas gracias.
Buenos días Ramón,
Gracias por leer nuestros artículos 🙂
Le comento que para consultas más pesonalizadas, es necesario que se comunique al tel: 914579745 y solicite un presupuesto para una asesoría profesional.
Un saludo,
Buenas tardes. Les agradecería mucho que me contestaran a la siguiente duda: en el caso de un trabajo temporal en farmacia ¿se tiene en cuenta el pago a cuenta por convenio para calcular el prorrateo de las pagas extras? Muchas gracias por adelantado.
Buenos días Ricardo, le recomiendo leer este artículo: https://gomezcordoba.com/paga-extra-de-verano-2021-en-las-farmacias/
Si necesita una asesoría más personalizada, por favor, solicite presupuesto en el teléfono: 91 457 97 45
Un saludo,
Hola, quisiera saber cuantas horas mensuales corresponden a la media jornada de auxiliar de farmacia, yo trabajo 88 horas mensuales, cual seria mi salario?
Hola, trabajo 88 horas mensuales, creo que es media jornada no? Quisiera saber cual seria la mensualidad, trabajando como auxiliar de farmacia. Gracias
Buenos días Adela,
En este artículo https://gomezcordoba.com/salarios-nominas-farmacia/ puede saber más de este tema.
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Un saludo,
Hola, buenas tardes
Dónde podría ver las tablas del nuevo convenio que está firmado y no publicado??
otra cosa, si finalmente no espero a que publiquen el nuevo convenio y les pago a mis trabajadores los atrasos, la cotización también la tengo que hacer ahora???? gracias
Buenos días Carmen,
Esa información no está disponible pues no ha entrado en vigor. Debe atenerse a lo que dice el XXIV Convenio en su artículo 3.4, contemplando una subida del 2%:
«Denunciado el Convenio, en tanto no se llegue a un acuerdo expreso sobre el nuevo, se entenderá que su contenido normativo se prorroga automáticamente, incrementándose anualmente, en el mes de enero, los conceptos salariales incluidos en las tablas de retribuciones a cuenta del nuevo Convenio Colectivo en un 2 por 100 en el caso de que el PIB del año anterior hubiera aumentado más del 1 por 100.»
Si necesita una asesoría más personalizada, por favor, solicite cita y presupuesto en el teléfono: 91 457 97 45.
Un saludo,
Un saludo,
Buenos dias, Carmen. Acabo de ver que ha salido la resolución del convenio de farmacia y mi problema es que hace 5 meses que ya no trabajo en esa empresa ¿como puedo reclamar la diferencia de dinero? LLevaba trabajando desde marzo del 2018.
Te agradeceria mucho la ayuda. Creo que tiene que haber bastantes con mi mismo caso.
Gracias. Un saludo.
Buenas quería preguntar soy auxiliar de farmacia y mi salario base en 2021 y 2020 es de 1076 y a cuenta abajo me pone 30 euros y el salario con el nuevo convenio es 1176 entiendo que tiene que pagarme la diferencia?y otra pregunta por tema de conciliacion familiar por una hija pequeña puedo elegir siempre el turno de mañana en mi farmacia que es de 12 horas y hacemos una semana de tarde y otra de mañana
Buenos días Pedro,
Hemos publicado un artículo que habla sobre la actualización de la tabla salarial para farmacias: https://gomezcordoba.com/lo-nuevo-tabla-salarial-farmacia-2021/
Si necesita una consulta más personalizada sobre su situación particular, por favor, solicite cita y presupuesto en el teléfono: 91 457 97 45.
Un saludo,
se han publicado tablas desde 2017. hay que actualizar en un mes los salarios de 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021?
que pasa si ya no estoy en la empresa desde 2019 puede solicitar atrasos?
Buenos días Cristina,
Hemos publicado un artículo que habla sobre la actualización de la tabla salarial para farmacias que puede responder a su pregunta, el enlace es: https://gomezcordoba.com/lo-nuevo-tabla-salarial-farmacia-2021/
Si necesita una consulta más personalizada sobre su situación particular, por favor, solicite cita y presupuesto en el teléfono: 91 457 97 45.
Un saludo,
Por lo que leo en vuestro artículo parece que solo tienen que actualizarse los atrasos de las nóminas de 2021. En los años anteriores no hay que hacer nada. gracias
Buenas tardes
Para realizar los cálculos de regularización ¿se debe tener en cuenta la paga de beneficios que quedaba prorrateada con el anterior convenio? Es decir si a mis trabajadores las pagas extraordinarias se las prorrateo; ahora en 2021 tienen 3 pagas prorrateadas o sólo las 2 extraordinarias. Gracias
Hola Isabel;
Serian dos pagas extraordinarias.
Buenas tardes,
el plus de adjuntía se abona siempre completo o es proporcional al porcentaje de jornada?
Gracias.
Estimado Javier;
Se cobraría en proporción a la jornada.
Buenas! Dejé de trabajar en la farmacia en la que llevaba 10 años hace 2 meses…¿Deben pagarme los atrasos? Gracias!
Buenas tardes Ol, por favor para una asesoría personalizada contáctese con el número 91 457 97 45 o también puede escribir al correo gomezcordoba@gomezcordoba.com
Aquí le indicarán presupuesto y cita.
Un saludo y que tenga buen día.
Buenos días, con el asunto de los atrasos, me surge la duda de si puedo reclamar y, hasta cúando, a mi anterior titular, aunque ya no trabaje para él. Y si hubiera vendido la farmacia, qué pasaría en ese caso.
Muchas gracias.
Buenas tardes Mónica, por favor para una asesoría personalizada contáctese con el número 91 457 97 45 o también puede escribir al correo gomezcordoba@gomezcordoba.com
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Un saludo y que tenga buen día.
Hola. Como podría reclamar a la farmacia anterior en la que estuve, en la actual llevo 18 meses pero estuve en otra casi 9 años. Existe algún documento legal para reclamar? Gracias saludos
Buenas tardes María, por favor para una asesoría personalizada contáctese con el número 91 457 97 45 o también puede escribir al correo gomezcordoba@gomezcordoba.com
Aquí le indicarán presupuesto y cita.
Un saludo y que tenga buen día.
Hola, soy técnico en farmacia y llevo 14 años en una farmacia de Murcia. Este año ha subido por convenio el salario pero mi jefa se niega a pagármelo porque tengo incentivos en nómina y con ello supera el salario mínimo. ¿ Esto es legal o el convenio de farmacia no permite absorber ninguna subida se tenga o no un incentivo?. Muchas gracias.
Buenos días Antonio,
Como su planteamiento es una situación muy particular, no podemos aconsejarle sin tener más antecedentes. En estos casos, lo más apropiado es que se contacte al número 91 457 97 45 o también puede escribir al correo gomezcordoba@gomezcordoba.com
Aquí le indicarán presupuesto y cita.
Un saludo y que tenga buen día.