Los titulares farmacéuticos que estén pensando en la donación de una farmacia a sus descendientes, deberían aprovechar las ventajas que la actual coyuntura legal y fiscal puede ofrecerle, acogiéndose a los Beneficios de Empresa Familiar:
¿Qué contiene este post?
El donante está exento de IRPF y el Donatario goza de una reducción en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones del 95%.
Una madre farmacéutica instalada en Madrid, mayor de 65 años que se jubila y dona la farmacia a su hijo farmacéutico.
Valor de la farmacia: 3.000.000€
Tributación del donatario en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones:
Base Imponible: 3.000.000€
Reducción 95%: -2.850.000€
Base Liquidable: 150.000€
Cuota Tributaria: 21.248,36€
Bonificación 99%: -21.035,88€
Cuota a Ingresar: 212,48€
Tributación del Donante en IRPF 2020:
Exento
Madre farmacéutica instalada en Madrid, menor de 65 años que dona la farmacia a su hijo farmacéutico.
Valor de la farmacia: 3.000.000€.
Tributación del donatario en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones:
Base Imponible: 3.000.000€
Base Liquidable: 3.000.000€
Cuota Tributaria: 948.006,38€
Bonificación 99%: -938.526,32€
Cuota a Ingresar: 9.480,06€
Tributación del Donante en IRPF 2020: tipo máximo 23% de la ganancia patrimonial
Si consideramos un valor de adquisición 0 , el tributo por incremento patrimonial seria en este caso de 688.880€
El valor de adquisición que hay que tener en cuenta para el cálculo de la ganancia patrimonial en la renta, de aquel que vende la farmacia que adquirió por donación, es el valor declarado en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Cristina Yrezabal
Departamento de Contabilidad