Ley de Autónomos y Farmacia: avances pero no sustanciales

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Hace ahora 10 días que la Proposición de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo llegó al Senado. El texto fue previamente aprobado por la Comisión de Empleo y Seguridad Social del Congreso de los Diputados y, previsiblemente, el grueso de las medidas aprobadas entrarán en vigor el próximo mes de septiembre. La excepción serán las relacionadas con altas y bajas a la Seguridad Social y con el cambio de bases, para cuya puesta en funcionamiento habrá que esperar a enero de 2018.

Esta reforma recoge una batería de 20 medidas entre las que se encuentran desgravaciones y cuestiones relacionadas con las cotizaciones, con conciliación de la vida laboral y familiar o cuestiones fiscales, entre otros asuntos.

Si está interesado en leer el texto completo, lo pueden encontrar aquí: https://www.boe.es/boe/dias/2017/10/25/pdfs/BOE-A-2017-12207.pdf

En Gómez Córdoba Abogados de Farmacia hemos analizado su contenido y en este artículo pretendemos desglosar aquellos puntos de mayor interés para los autónomos de las oficinas de farmacia a quienes afecta esta ley.  Como verán, hay algunos cambios, pero no es una reforma con un calado importante.

¿A quiénes le afecta la nueva Ley de Autónomos en la Farmacia?

En las oficinas de farmacias, como en prácticamente cualquier PYME, hay dos tipos de trabajadores:
  • autónomos
  • por cuenta ajena

Entre los trabajadores autónomos podemos encontrar, a su vez, dos roles:

  • el titular de la farmacia, que es un autónomo al uso
  • colaboradores familiares, que son los cónyuges y los familiares hasta segundo grado

En el caso de los familiares hasta segundo grado de consanguinidad hay varias opciones y, como veremos, en esta ley también se modifica ligeramente su status.

De cualquier manera, dentro de las oficinas de farmacia, la nueva Ley de Autónomos sólo le afecta a los titulares.

¿Qué medidas afectan a los titulares de farmacia?

– Recargos por ingreso fuera de plazo

En ocasiones se producen ciertos «despistes» a la hora de pagar la cuota de autónomos. Este retraso estaba penalizado con un incremento del 20%, que con esta nueva ley quedará reducido a un 10% en el primer mes.

– Fomento de la contratación

Los nuevos titulares de una oficina de farmacia podrán acogerse a la tarifa plana de 50€ durante 12 meses, en lugar de 6 como venía siendo hasta ahora. Esto supone un ahorro de 1.350€ como mínimo en el momento de la nueva apertura. Una buena noticia, sin duda.

– Conciliación de la vida laboral y familiar

En una profesión tan feminizada como es la farmacéutica, todas las medidas que beneficien la maternidad son bienvenidas. En este caso, las titulares de farmacia estarán exentos del pago de cuota durante el descanso por maternidad que también se aplicará en los descansos por paternidad, adopción, acogimiento y riesgo de lactancia.
Recordemos que el descanso por maternidad es de un mínimo de 6 semanas y un máximo de 16. En este caso el ahorro es de un mínimo de 385€, pero puede llegar a superar los 1.000€ si se disfruta de toda la baja voluntaria. A partir de aquí, se aplicará la tarifa plana de 50€ durante 12 meses (2.700€ de ahorro como mínimo).

– Accidentes «in itinere»

Es de especial interés que en esta ley se hayan incluido los accidentes «in itinere» como accidentes laborales. Esta equiparación de derechos con los trabajadores por cuenta ajena es, sin duda, otra de las buenas noticias para los farmacéuticos titulares.

– Bonificación por la contratación de familiares del trabajador autónomo

En una profesión tan hereditaria y familiar como la farmacéutica, es bien recibido que se vaya a bonificar la contratación de familiares hasta 2º grado de consanguinidad con el 100% de la cuota por contingencias comunes durante 12 meses.

Esto puede resultar muy interesante en casos muy concretos en los que un determinado familiar verdaderamente se incorpore a la plantilla de una farmacia de forma estable porque la reforma de Ley de Autónomos se aplicaría en un plazo superior a los 6 meses.

Hemos estudiado los pormenores en un artículo independiente que puede leer aquí:

https://gomezcordoba.com/blog/contratar-familiar-farmacia-autonomo/

– Jubilación Activa

Son muchos los farmacéuticos que se acogen a la jubilación activa. Cuando se apruebe esta ley podrán percibir el 100% de la pensión sin dejar de trabajar si cuentan, al menos, con un empleado en la farmacia.
Recordemos que la mayoría de las Leyes de Ordenación Farmacéutica permiten que los titulares permanezcan en la farmacia hasta los 70 años.

Muchos cambios, pero poco sustanciales para el farmacéutico

Desde el punto de vista de Gómez Córdoba, para los titulares de farmacia esta ley no contiene cambios sustanciales. Es cierto que la norma va a tener un impacto positivo para nuevos titulares, situaciones de maternidad/paternidad y en caso de jubilación.
Sin embargo, no se han observan grandes avances en protecciones que sí que tienen los trabajadores por cuenta ajena y en la que los autónomos están en clara desventaja, como son el desempleo o la enfermedad profesional.
¿Cuál es su opinión? Le invitamos a que deje un comentario con aquellas medidas que le hubiese gustado que incluyese esta ley
En Gómez Córdoba, como asesoría especializada en compraventa de farmacias, estaremos encantados de poder ayudarle.

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Nieves Martínez

Departamento Laboral

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2 comentarios
  1. Muy interesante el tema de la jubilación que siempre es un momento difícil para los Ud llevamos mucho tiempo y tenemos que dejar la farmacia. Mi pregunta sería cuantos años se podrían mantener las dos situaciones de activo y jubilado a la vez? Muchas Gracias

    1. Estimado Antonio:
      Hasta ahora y tal y como está planteada la jubilación activa, el Instituto Nacional de la Seguridad Social no ha establecido tope de años, es una situación que en principio podría mantenerse el tiempo que el jubilado activo quiera, para el caso de titulares de farmacia. Si esta situación se da en empleados, se podrá mantener mientras ambas partes ( empleado y titular) estén de acuerdo.
      Espero haberle sido de utilidad en la respuesta.
      Un saludo
      Rosa Gómez Soto

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